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18 de octubre del 2024
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Por Gladys de L. Pérez Maldonado
Columna:

El activismo feminista y sus leyes

2024-03-20 | 07:09 a.m.
El activismo feminista y sus leyes
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Estamos viviendo la segunda década del siglo XXI y aún no se vislumbra la luz al final del túnel que anuncie la erradicación de la violencia, el sufrimiento y discriminación de las mujeres en la vida pública y privada.

            Ahora se ha vuelto costumbre que se legisle a favor de eliminar la violencia contra las mujeres y víctimas colaterales como fruto del activismo feminista que mueve conciencias legislativas y hace empatizar a algunas personas con la agenda de las mujeres.

            Recordemos que la Ley Olimpia surgió debido a la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de Olimpia Coral Melo quien, después de ser víctima de la difusión de un video íntimo, se dedicó a promover en los Congresos Estatales iniciativas de reforma a la ley penal que regularan la violencia digital, el inicio de su activismo data de 2014.

Cabe mencionar que la Ley Olimpia no es como tal una ley. Es un conjunto de reformas legislativas que reconocen la violencia digital y sancionan todos las conductas que puedan violar la intimidad sexual de las personas a través de medios del ciber espacio con penas privativas de la libertad.

            Hoy, 29 Entidades Federativas en México han aprobado estas reformas en la normatividad penal local. El 29 de abril de 2021 la Cámara de Diputados aprobó las reformas al Código Penal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para llevar la Ley Olimpia a nivel federal.

            Así también, la iniciativa de la Ley Montse surgió con motivo del activismo del colectivo feminista veracruzano Las Brujas del Mar, quienes hicieron valer ante dos legisladoras veracruzanas, el impedimento legal para proceder penalmente en contra de los padres del feminicida de Montserrat Bendímez Roldán, los que facilitaron su huida de la escena del crimen y ocultamiento de la justicia por más de un año, amparados por la propia ley penal veracruzana que establece en el artículo 345 que: “…No se sancionará a quien oculte al responsable de un delito…siempre que se trate de: I. Los ascendientes y descendientes consanguíneos…”.

            La iniciativa de reforma ha hecho eco en algunos Estados mexicanos -aún pendiente de aprobarse en Veracruz- consiste en delimitar responsabilidades a la red de apoyo de un feminicida, aunque se mantiene la excluyente de responsabilidad para “…cónyuge, concubina o concubinario, parientes colaterales por consanguinidad hasta segundo grado y pareja de hecho.”.

            La Cámara de Diputados en octubre de 2022 intentando homologar esta iniciativa, aprobó modificaciones al Código Penal Federal para sancionar a la persona que encubra a un feminicida, se eliminó la figura de excusa absolutoria, la cual permitía que cónyuges, concubinas, parientes colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo, así como los que estén ligados con el feminicida por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad, encubrieran un delito sin recibir sanción alguna.

            En cuatro entidades federativas incluida Puebla han sido aprobadas las iniciativas de reforma de las leyes civil y penal, denominada Ley Monzón, que  suspende la patria potestad de los menores cuyo padre esté vinculado a proceso por un feminicidio o intento de feminicidio y busca que sea la autoridad jurisdiccional quien establezca el mejor vínculo que vele por los derechos del menor, incluso por encima de la presunción de inocencia, beneficiando a los familiares de la víctima en la custodia.

La Ley Monzón fue impulsada por Helena Monzón Pérez, a raíz del feminicidio cometido en agravio de su hermana la abogada poblana y activista en la defensa de los derechos humanos de las mujeres Cecilia Monzón Pérez, quien fue muerta como consecuencia de la presunta autoría intelectual del padre de su menor hijo y quien aún recluido pretende hacer valer la patria potestad y convivencia familiar del hijo de la víctima.

La Ley Malena promovida por María Elena Ríos, mujer oaxaqueña, estudiante de música, saxofonista y sobreviviente de un ataque de ácido en el año 2019 en su estado natal, ordenado por su ex pareja sentimental, ha planteado la iniciativa de reforma en el código penal de los Estados y en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el sentido que los ataques con sustancias químicas en contra de una mujer sean castigados como feminicidio en grado de tentativa, si el daño físico es permanente o si afecta a los órganos reproductores sexuales, incrementándose las sanciones cuando se cause deformidad en el rostro o en el caso que la víctima sea niña, niño, adolescente o persona con discapacidad.

En nueve entidades federativas se ha comenzado a aplicar la llamada Ley Malena.

Falta mucho que legislar a favor de una vida libre de violencia para las mujeres, el activismo feminista auténtico no se detiene, seguiremos dando la batalla en contra de una sociedad machista hegemónica.

En el marco de una conmemoración más del Día Internacional de la Mujer, es inminente mencionar que las mexicanas tenemos iniciativas legislativas pendientes en el tintero, esto,  por falta de empatía e interés de las y los legisladores al  Congreso de la Unión y locales del peligro que enfrentamos las féminas día a día y de las autoridades encargadas de implementar las políticas públicas a favor de erradicar la violencia en todas sus formas en contra de las mujeres y niñas mexicanas.

Ninguna trinchera es pequeña, desde Alguien como tú, seguiremos recordando a las autoridades que tienen la obligación constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de este grupo de atención prioritaria…

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