Veracruz | 2023-10-16
En el estado de Veracruz, la Fiscalía General del Estado inició 214 investigaciones por el delito de aborto del 2015 a 2022, por lo que ocupa el sexto lugar en la escala de las entidades con mayor incidencia delictiva. Sin embargo, hay una deficiencia en materia de acceso a la información sobre procesos de criminalización por aborto y otros delitos vinculados con eventos obstétricos, que impiden diferenciar casos en los que las mujeres hicieron uso de su derecho a decidir.
Lo anterior, lo expone el informe “Decidir abortar. Entre la criminalización y el ejercicio de un derecho”, elaborado por Abortistas MX en colaboración con activistas y organizaciones de la sociedad civil.
Subraya que la sentencia 148/2017 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitida en 2021, posicionó al derecho a decidir en un nivel constitucional y determinó que se integra por condiciones más amplias que la sola decisión de interrumpir un embarazo, como el acceso a la información sobre planificación familiar y métodos anticonceptivos.
Pero ni la sentencia de septiembre de 2021 de la SCJN, ni la despenalización del aborto voluntario hasta las doce semanas de gestación por el Congreso de Veracruz, fueron motivo para que la Defensoría Pública realice acciones para identificar a las mujeres investigadas o sancionadas por el delito de aborto u otros eventos obstétricos y que puedan ser beneficiadas con la aplicación de los estándares del derecho a decidir definidos por la Suprema Corte, menciona el informe.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) es la institución encargada de recabar la información sobre incidencia delictiva a nivel estatal y federal, sin embargo, señaló que dicha información es insuficiente para abordar el fenómeno de la criminalización del aborto y los eventos obstétricos.
Puntualizó que la información estatal sobre aborto no se encuentra desagregada ya que los datos engloban en una sola categoría las diversas modalidades de aborto (forzado, voluntario, consentido), lo que impide conocer con certeza cuándo se está frente a la sanción del ejercicio del derecho a decidir. En cuanto a la información sobre homicidios no se brinda detalles sobre edad o tiempo de vida del sujeto pasivo.
Para este estudio, activistas e integrantes de organizaciones civiles, analizaron información de seis estados: Chihuahua, Durango, Jalisco, Nuevo León, Puebla y Veracruz. De estos, la entidad veracruzana es la única que en su Código Penal no sanciona el aborto voluntario (autoprocurado o consentido) hasta las doce semanas de gestación.
A fin de obtener información que permita un mayor acercamiento a la criminalización del derecho a decidir y la disponibilidad de servicios de aborto voluntario, vía transparencia se solicitó información a la Fiscalía, la Defensoría Pública, Tribunal Superior de Justicia, Secretaría de Salud, del ámbito estatal.
De acuerdo con el reporte de incidencia delictiva por aborto del SESNSP, en el periodo del 2015 al 2022, los seis estados seleccionados acumularon mil 192 carpetas de investigación abiertas.
En julio de 2021, el estado de Veracruz se convirtió en la cuarta entidad en despenalizar el aborto voluntario hasta las doce semanas de gestación.
Información del SESNSP, detalla que de enero de 2015 a 2022 se abrieron 214 investigaciones por aborto. El 2019 fue el año con más incidencia, con 36 carpetas iniciadas.
En 2020 Veracruz contaba con una población de 8 millones 62 mil 579 habitantes, de las cuales 4 millones 190 mil 805 son mujeres, lo que representa al 52%, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI.
El informe señala que pese a la despenalización del aborto, en 2021, en el estado de Veracruz, es una de las entidades con menos transparencia en la información relacionada a la incidencia delictiva de aborto y otros delitos vinculados con eventos obstétricos, revela que la modificación al Código Penal no generó ajustes en sus sistemas de registro de datos.
La Fiscalía General del Estado de Veracruz informó que tras la despenalización se realizaron visitas de supervisión en las fiscalías para revisar el estatus de las carpetas que hasta ese momento se tenían abiertas por el delito de aborto.
Detallan que la Fiscalía no dio respuesta a las 115 preguntas planteadas, expuso que la información solicitada se encuentra en la base de datos del SESNSP, sin embargo, esta no cuenta con información con el nivel de desagregación solicitado.
La Defensoría Pública solo respondió dos de 100 preguntas, refieren que proporcionó poca información, pero los datos contienen le criterio mínimo de desagregación por sexo y edad.
De esta información, se obtiene que entre el 1 de enero de 2010 y el 30 de noviembre de 2022 solo brindo representación a una mujer de 28 años, acusada por el delito de homicidio agravado calificado contra su descendiente en primer grado en línea recta durante las 48 horas posteriores al nacimiento; se reporta que fue vinculada a proceso.
Agregó que de las respuestas emitidas por la Defensoría Pública, no se desprende que haya presentado solicitudes de reconocimiento de inocencia, sobreseimiento, de no ejercicio de la acción penal, de no vinculación a proceso penal a partir de los criterios de la SCJN de 2021.
Respecto a la información proporcionada por el Poder Judicial, se identificaron once procesos, de los cuales cinco son por el delito de aborto, cuatro por homicidio calificado agravado y dos por homicidio calificado.
La abogada Esmeralda Lecxiur, quien participó en esta investigación en Veracruz, subrayó que la poca accesibilidad a los datos generados desde las autoridades estatales.
“Como lo señala Esmeralda Lecxiur Ferreira, la Fiscalía está obligada a contar con datos suficientemente desagregados; en este sentido su respuesta en la que remite a otra fuente de información puede significar dos cosas, que no quiere proporcionar la información, o bien no cuenta con ella por la falta de orden en su sistema de registro. En ambos casos las consecuencias son en perjuicio de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar del estado; esto contraviene las recomendaciones de Alerta por Violencia de Género por agravio comparado emitida en 2017. [sic]”, menciona el informe.
Resaltan que los datos recopilados no demuestran que las 229 investigaciones abiertas de 2015 a mayo de 2023, sean únicamente por el delito de aborto forzado.
Pese a la reforma al Código Penal del Estado y la sentencia de la SCJN, los registros y falta de transparencia ayudan a que se mantenga latente la actividad punitiva sin que se cuente con elementos para descartar que no se trata de una violación al derecho a decidir.
Por ello la exigencia de saber quiénes son y en dónde están las mujeres y otras personas con capacidad de gestar criminalizadas.
Solo en 12 de las 32 entidades del país se han aprobado reformas que reconocen un espacio de tiempo que las mujeres puedan abortar ejerciendo su derecho a decidir sin que haya alguna consecuencia penal. La primera reforma de este tipo fue en 2007 en la Ciudad de México.