Si tienes un vecino que hace mucho ruido, has intentado entablar una conversación para convencerlo de que baje el volumen y no has obtenido resultados, esta información es para ti.
De acuerdo con la autoridad puedes reportarlo, siempre y cuando cumplas con las siguientes especificaciones.
La dirección de Medio Ambiente detalla que se le denomina a persona ruidosa, a quien contamine el ambiente con sonidos con alto volumen en Veracruz.
Cabe mencionar que quienes realicen el reporte correspondiente ante la autoridad, deben tomar en consideración que los inspectores acudirán al lugar con un decibelímetro para revisar los límites permitidos.
Si quieres reportar a tu vecino puedes llamar al: (229) 9374788, 911 o el correo dmaypa@veracruzmunicipio.gob.mx.
En Veracruz, la Ley Contra el Ruido establece que los aparatos de reproducción de música deben funcionar a un volumen reducido para que no molesten a los vecinos, en caso de rebasar los límites permitidos en zonas residenciales, de 30 a 35 decibelios, las multas pueden ir de 5 a 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Además de los ruidos generados por propaganda comercial, ya sea por medio de instrumentos musicales, de la voz humana amplificada por micrófono, o de otros medios, que sobrepasen los niveles permitidos por la norma oficial mexicana.
Cabe recordar que en 2018 se llevó a cabo una reforma de la Ley contra el ruido en el estado de Veracruz, dicha ley establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.
De acuerdo al Artículo 2º de dicha ley, se consideran entre estos ruidos a los producidos por los cláxones, bocinas, timbres, silbatos, campanas u otros aparatos análogos que usan los automóviles, camiones, autobuses, motocicletas, bicicletas y demás vehículos.
De igual manera a los sonidos producidos por los silbatos de las fábricas, las instalaciones industriales, instrumentos musicales, por aparatos radio-receptores, aparatos mecánicos de música, electrónicos, digitales u otros reproductores de música.
En estos niveles también se contemplan a los ruidos producidos por cohetes, explosivos, petardos u otros objetos de naturaleza semejante.
En Veracruz, la Ley Contra el Ruido establece que los aparatos de reproducción de música deben funcionar a un volumen reducido para que no molesten a los vecinos, en caso de rebasar los límites permitidos en zonas residenciales, de 30 a 35 decibelios, las multas pueden ir de 5 a 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Esta ley también contempla a los ruidos producidos con fines de propaganda comercial, ya sea por medio de instrumentos musicales, de la voz humana amplificada por micrófono, o de otros medios, que sobrepasen los niveles permitidos por la norma oficial mexicana.
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