Imagen de Veracruz 
FacebookTwitterYoutube
TIEMPO EN LA REGIÓN
02 de noviembre del 2024
Diario del Istmo
Suscribete a nuestros boletines
Veracruz

¿Sabías que en Veracruz hay una ley contra el ruido?

La Ley Contra el Ruido en Veracruz establece multas para sonidos que superen los 35 decibelios en áreas residenciales.
Veracruz | 2024-11-02 | Josefina Lugo
¿Sabías que en Veracruz hay una ley contra el ruido?
Los vehículos y dispositivos que excedan los límites de ruido en Veracruz pueden ser multados según la ley.
Imagen de VeracruzImagen de Veracruz

La Ley Contra el Ruido en el Estado de Veracruz, cuya reforma se publicó en agosto del 2018, tiene por objeto establecer las reglas para evitar molestias por ruidos a la comunidad, ya sea por la hora, por la naturaleza del sonido o por su frecuencia.

Esta ley está basada en la norma oficial mexicana NOM-081-SEMARNAT1994, que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.

De acuerdo al Artículo 2º de dicha ley, se consideran entre estos ruidos a los producidos por los cláxones, bocinas, timbres, silbatos, campanas u otros aparatos análogos que usan los automóviles, camiones, autobuses, motocicletas, bicicletas y demás vehículos.

De igual manera a los sonidos producidos por los silbatos de las fábricas, las instalaciones industriales, instrumentos musicales, por aparatos radio-receptores, aparatos mecánicos de música, electrónicos, digitales u otros reproductores de música.

En estos niveles también se contemplan a los ruidos producidos por cohetes, explosivos, petardos u otros objetos de naturaleza semejante.

En Veracruz, la Ley Contra el Ruido establece que los aparatos de reproducción de música deben funcionar a un volumen reducido para que no molesten a los vecinos, en caso de rebasar los límites permitidos en zonas residenciales, de 30 a 35 decibelios, las multas pueden ir de 5 a 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Esta ley también contempla a los ruidos producidos con fines de propaganda comercial, ya sea por medio de instrumentos musicales, de la voz humana amplificada por micrófono, o de otros medios, que sobrepasen los niveles permitidos por la norma oficial mexicana.

  • Lo último
  • Lo más leído
Diario del Istmo
Diario del Istmo

SÍGUENOS EN REDES

 

Nosotros | Publicidad | Suscripciones | Contacto | Aviso de Privacidad

 

 

Reservados todos los derechos 2024