| 2025-04-20
El Instituto Nacional Electoral rechazó 24 mil 261 solicitudes de personas que buscaban registrarse como observadores en la primera elección judicial a realizarse el próximo 1 de junio del 2025.
El motivo de la descalificación, por parte del INE, fue que todos los que pretendían desempeñarse en dicho cargo eran militantes de partidos políticos u operadores de programas sociales gubernamentales.
En ambos casos, estos dos cargos son de los principales impedimentos establecidos en la ley electoral para el desempeño de esa función, pues entre los requisitos indispensables para fungir como observador electoral en el proceso de la elección del Poder Judicial, se encuentran:
Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
No ser ni haber sido parte de dirigencias nacionales, estatales o municipales, o de alguna organización o partido político en los tres años anteriores a la elección.
No ser ni haber sido candidata o candidato a algún puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.
Tomar el curso de capacitación que imparta el Instituto Nacional Electoral (INE), los Organismos Públicos Locales (OPL) o las propias organizaciones de OE.
No ser representante o militante de algún partido político.
No haber sido designada o designado integrante de casilla seccional.
No ser persona servidora pública vinculada con programas sociales en el gobierno municipal, estatal o federal, ni operar programas sociales y actividades institucionales, ni ser persona servidora de la nación.