¿Cuál es la multa que puede recibir un chofer de camiones urbanos en Veracruz por conducir ebrio?

Todos los veracruzanos pueden recibir fuertes sanciones por conducir ebrio

| 2024-09-30

La Ley de Tránsito en Veracruz y en todo el país representa una responsabilidad que los conductores deben acatar, sobre todo si te fuiste de fiesta o conduces un camión de pasaje donde involucre responsabilidad por una o más personas, esto para evitar una multa por conducir en estado de ebriedad.

El alcohol representa una de las causas más graves dentro del reglamento de tránsito, por ello es que durante las noches realizan los llamados operativos alcoholímetros, donde algunas unidades han sido retenidas para evitar que el conductor a exceso de velocidad provoque algún accidente donde vaya en juego la vida de él y de otra persona.

En el decreto a la reforma de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, mismo que está establecido desde el pasado 2020, se definió la Unidad de Medida y Actualización (UMA) la única por la cual se puede definir las multas y montos que se deberán pagar por manejar en estado de ebriedad, teniendo un ligero aumento.

Esto ocasiona que en este 2024, la multa por manejar en estado de ebriedad es de 80 a 115 UMAS, es decir, tiene un costo de entre 8 mil 685.60 hasta los 12 mil 485.55 pesos, recordando que el comprobar que se venga en estado etílico se deberá de definir ante un estudio correspondiente por la autoridad de tránsito.

La detención por conducir en estado de ebriedad quita otros derechos 

Pese a la multa que se estableció por conducir en estado de ebriedad, por esta no podrás obtener derecho a los descuentos que sí tienen otras sanciones, considerando que esta se encuentra en el apartado de multas muy graves.

De acuerdo con la norma número 561 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz, en caso de ser sorprendido manejando en estado de ebriedad y fuera la primera ocasión en que obtendrías una infracción por este cargo, las autoridades no podrán quitarte tu licencia de conducir.

Sin embargo, en caso de ser el segundo cargo o amonestación durante el mismo año, y que vayas conduciendo bajo los influjos del alcohol, así como de cualquier otro estupefaciente, sí tendrán derecho de retener tu licencia y el vehículo podrá ser enviado a la Dirección de Transporte.

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