Amparo otorgado a refresquera podría impactar en otros estados, afirma ambientalista

Una regresión dejar sin efecto prohibición de plásticos de un solo uso en Oaxaca: ambientalista

Boca del Río | 2022-10-05

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que dejó sin efecto la prohibición de la venta, distribución o uso de botellas desechables de PET, así como envases y embalajes de unicel en Oaxaca, representa una regresión grave en materia ambiental y podría tener un impacto en otras entidades, manifestó Larisa de Orbe, de la Academia Mexicana de Derecho Ambiental A. C. y directora de Acción Ecológica México.

“Nos preocupa mucho el tema de las últimas decisiones, la Suprema Corte de Justicia otorgó el amparo a corporaciones refresqueras para que quedaran sin efecto las prohibiciones de plástico de un solo uso, en este caso en Oaxaca. Lo cual consideramos es una regresión muy grave para todos los esfuerzos que se está dando en el país y a nivel mundial para controlar la contaminación por plásticos de un solo uso”.

La activista señaló que esta resolución abre la puerta para que se presenten amparos en todas las entidades donde ya se llevó a cabo esta prohibición, y que los jueces de distrito utilicen este criterio.

“Queremos llamar la atención sobre este criterio de la Suprema Corte que acaba de fallar y la regresión tan grave que representa y el impacto que puede tener para todos los estados, entre ellos Veracruz que tienen en su legislación la prohibición de plásticos de un solo uso”.

Afirmó que en México, 26 estados tienen prohibiciones en sus legislaciones locales, o en el ámbito municipal, respecto a los plásticos de un solo uso. Oaxaca es el primero donde se da un revés.

Sin especificar en cuáles, Larisa de Orbe reconoció que en algunos estados la legislación para prohibir plásticos de un solo uso es letra muerta, y depende mucho de la ciudadanía organizada quienes impulsan estas acciones.

Reiteró que el fallo de la SCJN es una voz de alarma y una regresión a la protección a la salud y al medio ambiente.

En agosto pasado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, concedió el amparo a las empresas PROPIMEX, S. de R.L, de C.V. y la Cadena Comercial OXXO, Sociedad Anónima de Capital Variable, dejando sin efecto las reformas realizadas por el Congreso de Oaxaca a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos.

En dicha reforma se prohibía la venta, distribución o uso de botellas desechables de PET, así como envases y embalajes desechables de unicel.

/ct 

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