| 2024-09-08
El gobierno federal confirmó que desde que las motocicletas comenzaron a hacerse más comunes entre la ciudadanía igualmente lo han hecho el número de víctimas fatales y con ello ya se tiene una tendencia entre la que se destaca las edades de los fallecidos.
La Secretaría de Comunicaciones y Trasportes indicó que en México la presencia de motocicletas registradas en el parque vehicular aumenta año con año junto con las muertes de motociclistas que anualmente incrementa alrededor de cien veces a partir del año 2000.
Es decir, en el año 2000 fueron registrados 158 motociclistas fallecidos en carreteras federales y para el 2016 hubo 1, 825; la mitad de los motociclistas fallecidos tenían entre 25 y 34 años.
Durante el 2020 en carreteras federales, a pesar del confinamiento sanitario; se registraron mil 154 siniestros en los cuales estuvieron motocicletas involucradas, 72 colisiones más con respecto al 2019.
Para el año 2022 la media nacional de la participación de la motocicleta en los siniestros —ya sea como responsable o involucrado— es de 6.3%, los estados con porcentajes superiores al 10% en Sinaloa, Yucatán, Colima y Quintana Roo.
Las motocicletas se encuentran clasificadas en el grupo básico de vehículos para el transporte de personas y pueden transitar en carreteras federales respetando el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal que se mencionan:
Las motocicletas que circulan por vías federales deben de estar provistas de una lámpara principal de luz blanca e intensidad variable en la parte delantera, una o dos lámparas más que emitan luz roja y que estén colocadas en la parte trasera y una luz indicadora de frenaje que emita luz roja o ámbar al aplicar frenos de servicio.
Contar con un reflejante de color rojo, lámparas direccionales en el frente y en la parte posterior unas que emitan luz ámbar y que indiquen la intención de dar vuelta o de realizar cualquier otro movimiento lateral mediante la proyección de luces intermitentes visibles a una distancia no menor a 100 metros.
Contar con una bocina o claxon cuyo sonido se escuche una distancia de 60 metros, silenciador de escape en buen estado, espejos retrovisores y estar provisto de llantas de tipo neumático en condiciones que garanticen la seguridad del vehículo y proporcionen adecuada adherencia sobre el pavimento aun cuando se encuentre mojado.
Las llantas no pueden tener en sus costados ningún material que no sea caucho y que sobresalga de la huella de la superficie de tracción.