Para evitar accidentes y no ser acreedor de una infracción que lleve a una sanción o multa, se debe cumplir con los códigos de tránsito a la hora de conducir un vehículo.
En el municipio de Veracruz se han aplicado hasta 3 mil 500 infracciones vehiculares mensuales, esto según la Dirección de Tránsito de Veracruz.
Las infracciones son aplicadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA) y se clasifican en: leves, graves, muy graves y especiales.
Las infracciones leves son cuando no se pone en riesgo la vida de una persona o su patrimonio y se sanciona con 5 a 15 UMAS, que van de 519 a mil 500 pesos.
Las graves son cuando se pone en riesgo la vida de una persona y se afecta su integridad física y su patrimonio, por lo cual, la infracción va de entre 16 a 30 UMAS o sea, de mil 660 a 3 mil 112 pesos.
Las muy graves son cuando se afecta la integridad física de una o más personas, se dañe la vía pública o la infraestructura urbana o se maneje en estado de ebriedad; por estos casos se aplican de 30 a 40 UMAS ($3,213 a $4,150 pesos).
Por último, se denominan especiales cuando se ocasionan lesiones que conducen a la pérdida de una extremidad o causen incapacidad permanente a una persona. Por esos casos se aplica una multa de entre 41 y 100 UMAS, que va de los 8 mil 300 a 10 mil pesos.
También entra en esta categoría la muerte de una persona ocasionada por algún accidente vial, por esto se aplican entre 100 a 200 UMAS.
En Veracruz, las infracciones más comunes son por utilizar el teléfono mientras se maneja, por no utilizar el cinturón de seguridad, por conducir a exceso de velocidad, por manejar en estado de ebriedad, por no portar tarjeta de circulación y por estacionarse en lugares prohibidos. Estas faltas van de 16 a 80 UMAS.
Las menos graves son estacionarse en lugares prohibidos y conducir a exceso de velocidad, las multas son de 5 UMAS.
La Dirección de Tránsito de Veracruz tiene descuentos a la hora de pagar una infracción, siempre y cuando sea de manera oportuna y dentro de los límites que abarcan dichos descuentos.
Si se pagan dentro de los 5 días siguientes a su imposición se hace un descuento del 65 por cierto.
Si se pagan entre el sexto y décimo día siguientes a su imposición, el descuento será del 50 por ciento.
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