La Comisión Federal de Electricidad no incurrió en una conducta delictiva que se pueda sancionar, en el caso del niño que murió electrocutado al caer a uno de sus registros sin tapa.
El abogado Luis Alberto Martín Capistran, señaló que sí se le puede responsabilizar por el pago de daños y perjuicios para que cubra gastos funerarios y sea resarcida la familia moralmente.
Y es que la paraestatal tienen la obligación de dar mantenimiento constante a sus instalaciones, sin embargo, no podía prever que un menor cayera y perdiera la vida.
“La CFE como empresa de clase mundial tienen la obligación de dar mantenimiento constante a sus instalaciones pero también es cierto que no puede prever lo que no es previsible, sin embargo, el sujeto paso o del deceso si podían prever algo que era visible, por lo que no hay una conducta para meter a alguien a la cárcel”.
Recordó que la CFE emitió un comunicado donde negó tener conocimiento y reporte de que dicha tapa había sido robada.
Sin embargo, tiene la obligación de implementar cuadrillas e invertir recursos para la revisión de instalaciones.
“Como ciudadanos exhortamos a la Comisión Federal, a sus directivos y a toda la gente que son responsables de esto a realizar una labor de supervisión y estar muy pendientes en sus instalaciones, porque hoy es una tapa de alcantarilla, después un cable o poste”.
Por otro lado consideró que el delito de robo de alcantarillas o tapas no tiene la pena que debería aplicar en este tipo de situaciones ante el riesgo que representa.
Aunque reconoció que incrementar las penas para ciertos delitos no inhibe una conducta delictiva.
Por ello debe trabajarse más en la prevención del delito y no en la sanción del delincuente.
A su parecer no solamente debería castigarse a quien se la roba sino a quien las compra ya que la cantidad de chatarreros en la ciudad es mínima.
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