Todos los días se toman decisiones que impactan en el estilo de vida de las personas. Una de las más importantes es la elección de una pareja porque tiene influencia en el presente y el futuro, tanto en el ámbito psicológico como en el económico.
En México existen tres regímenes matrimoniales: la sociedad conyugal, en donde todos los activos y pasivos adquiridos durante el matrimonio son propiedad compartida; por otra parte, la separación de bienes, que establece que los activos y pasivos son individuales; y el tercero, el régimen mixto, que es una combinación de ambos sistemas.
Las finanzas en pareja es un tema de conversación necesario, que podría evitar una separación. Es fundamental platicar y entender las responsabilidades económicas de cada uno. Con base en la estadística de divorcios publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 33 de cada 100 matrimonios en México terminan en divorcio, lo que subraya la importancia de planificar económicamente para todos los escenarios posibles.
Existen diversos mecanismos jurídicos para proteger los bienes:
Capitulaciones matrimoniales: documento que estipula un inventario de bienes, derechos y obligaciones antes del matrimonio para proteger el patrimonio individual en caso de divorcio.
Contratos privados notariados: acuerdos entre la pareja, mismos que pueden ser firmados por un notario para darles mayor validez y sustento jurídico.
Estos mecanismos ayudan a evitar conflictos judiciales y proporcionan una estructura clara para la administración de bienes y la protección patrimonial. Es crucial asesorarse con expertos para entender las implicaciones legales y económicas de estas decisiones, especialmente para familias con patrimonios significativos o empresas familiares.
Según el Código Civil en Veracruz en el artículo 166, se indica que, el matrimonio debe celebrarse bajo el régimen de sociedad conyugal, o bajo el de separación de bienes. A falta de capitulaciones que definan uno u otro, la ley establece la presunción legal de que el matrimonio se ha celebrado bajo el régimen de sociedad conyugal.
La sociedad conyugal es un régimen matrimonial en el que los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges, salvo que se estipule lo contrario en capitulaciones matrimoniales. En este esquema, los ingresos, propiedades y deudas obtenidos después de la unión se consideran parte del patrimonio común.
Algunas características clave de la sociedad conyugal incluyen:
Ambos cónyuges tienen derechos sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio. Puede incluir bienes adquiridos antes del matrimonio si así se establece.
Se puede modificar mediante capitulaciones matrimoniales. En caso de divorcio, los bienes se reparten conforme a lo pactado o según las leyes aplicables.
La separación de bienes es un régimen matrimonial en el que cada cónyuge mantiene la propiedad y administración exclusiva de los bienes que adquiere antes y durante el matrimonio. A diferencia de la sociedad conyugal, en este esquema no se forma un patrimonio común, por lo que cada persona es responsable de sus propios activos y deudas.
Cada cónyuge conserva la propiedad de los bienes que adquiere antes y después del matrimonio. No hay obligación de compartir ingresos ni bienes a menos que se acuerde lo contrario.
En caso de divorcio, no hay reparto de bienes, ya que cada persona mantiene lo suyo. Se puede establecer en capitulaciones matrimoniales antes o durante el matrimonio.
Este régimen es ideal para quienes desean independencia financiera dentro del matrimonio.
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