Ni obligar a ciudadanos a encerrarse ni cerrar comercios, ni evitar que se reúnan es facultad de autoridades locales sin un decreto del presidente de la república, afirmó el abogado Luis Alberto Martín Capistrán.
Dijo entender el enojo y señalamientos de irresponsabilidad contra las personas que cometen esas prácticas en plena pandemia del coronavirus, pero recordó que no se puede ir contra la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos ni contra los derechos humanos consagrados en ésta.
En este momento esas medidas están en el ámbito de la decisión personal de cada quién, porque no hay una acción legal que autorice la suspensión de garantías por parte de los gobernadores y los presidentes municipales.
"No pueden coartar la libertad de trabajo, está en la Constitución en el artículo 5; no pueden coartar la libertad de tránsito, está en el artículo 11; no pueden coartar la libertad de expresión, la de participación, porque son derechos constitucionales que tenemos. Por lo tanto la autoridad no puede llevar a cabo actos que repriman los derechos fundamentales, el derecho a salir, la libertad de expresión, el tránsito de un lugar a otro.
"Solamente podría ser así si el Consejo de Salubridad General a nivel nacional le propone al ejecutivo federal que suspenda las garantías en el país de manera temporal y parcialmente, y sólo a través de un decreto autorizado por los secretarios de gabinete, el Congreso de la Unión, el Fiscal General de la República podría emitirse un decreto de suspensión de garantías para que se suspenda la libertad de tránsito, de asociación, de trabajo y que las personas no puedan llevar a cabo el oficio al que se dedican habitualmente y es la fuente de sus ingresos", precisó Martín Capistrán.
Añadió que ya firmado el decreto, debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación para ser constitucionalmente válido.
El abogado cuestionó la forma en que el Consejo de Salubridad ha manejado su estrategia y sus datos, y dijo que esa falta de claridad ha hecho que la ciudadanía relaje sus hábitos al paso de las semanas.
Entendió el reclamo de meter al orden a quienes se ponen en riesgo a sí mismos y al resto de la población, pero recalcó que legalmente es inviable obligarlos a lo que no está señalado expresamente en la Carta Magna.
"Esos videos donde vemos que policías obligan a las personas a bajar las cortinas de sus negocios, donde los aprehenden, los detienen, los maltratan, donde insultan a las personas, es completamente inconstitucional.
"Un principio constitucional establece que las personas sólo pueden hacer lo que está permitido. Ninguna ley faculta a la autoridad para amedrentar, para amenazar, para prohibir alguna actividad a los ciudadanos.
"Tenemos que respetar el estado de derecho durante la pandemia, la ley tiene que prevalecer porque es la ley la que nos hace vivir en orden. Si irrumpimos el estado de derecho, empieza a resquebrajarse todo esto", puntualizó.
Consideró positivo sanitizar mercados, distribuir folletos informativos sobre el COVID-19, pero no pasar por encima de la ley.
Martín Capistrán fue enfático en que a título personal está a favor de medidas como el aislamiento social y la sana distancia, que pone en práctica, pero como abogado tiene que entender y respetar lo que dicen las leyes, y éstas consagran el respeto a los derechos humanos, salvo casos de excepción que deben establecerse con toda precisión, como procedería en esta pandemia del coronavirus.
"La mayoría quisiéramos que los metan a su casa, que cierren sus negocios, que los ordenen, que clausuren, para que esto se acabe pronto. Sin embargo hay en el orden jurídico mexicano y en el estado de derecho disposiciones que protegen los derechos humanos de las personas", recalcó.
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