Por primera vez en la historia de México se realizará el Proceso Electoral Judicial, en el que se elegirán los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las Magistraturas de las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y Magistraturas de Circuito y Personas Juzgadoras de Distrito.
Por lo que es importante recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Tribunal Constitucional de México y encabeza el Poder Judicial de la Federación.
De acuerdo al magistrado Octavio Ramos Ramos, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, en Boca del Río, la principal función de la SCJN es vigilar que las leyes y actos de autoridad se apeguen a la Constitución y no vulneren los derechos humanos de las personas.
"La Corte, como guardiana de la Constitución, garantiza la separación de poderes, el principio democrático y los derechos esenciales para el beneficio de todas las personas que habitan el territorio nacional", explicó.
Agregó que las ministras y ministros de la Corte resuelven y dictan sus determinaciones como Tribunal Pleno, es decir, cuando participan todos los que la integran, 11 ministros y ministras.
Aunque aclaró que también laboran en dos Salas, estas están conformadas por 5 integrantes cada una, y el ministro o ministra que se hace cargo de la Presidencia de la Corte no integra ninguna de las Salas.
Dijo que, entre las funciones de los integrantes de la Corte, están las de realizar proyectos de resolución, con sus equipos de trabajo, sobre los asuntos que les son asignados.
"Todas las decisiones se toman a través de votaciones, de manera abierta e independiente, con la finalidad de proteger los derechos y libertades de las personas", indicó.
Recordó que, como todos sabemos, el Poder Judicial de la Federación, junto con el Ejecutivo y el Legislativo, es uno de los tres poderes públicos del Estado mexicano.
"Se encarga de preservar el orden institucional que establece la Constitución, para cumplir con esa función, el Poder Judicial Federal se encuentra facultado para interpretar las leyes e intervenir cuando una ley, acto u omisión de alguna autoridad vulnere los derechos humanos de las personas", detalló.
Sin embargo, dijo que además está facultado para resolver distintas controversias entre particulares de conformidad con el modelo de Estado constitucional, social y democrático de derecho que rige al país.
"La Suprema Corte de Justicia de la Nación está integrada por el Consejo de la Judicatura Federal, los Plenos Regionales, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación, los Juzgados de Distrito y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación", enlistó.
El entrevistado subrayó que, con motivo de la reforma constitucional en materia judicial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, se redefine la estructura del Poder Judicial de la Federación y se marca un punto de inflexión en la historia jurídica del país.
"La Suprema Corte de Justicia de la Nación pasará de 11 a 9 integrantes, con una mayoría de mujeres por primera vez en su conformación: cinco ministras y cuatro ministros", indicó.
Señaló que, además, el Consejo de la Judicatura desaparecerá para dar paso a un nuevo órgano de administración, mientras que la disciplina judicial recaerá en un Tribunal de Disciplina Judicial integrado por cinco personas, con mayoría de tres mujeres y dos hombres.
"Sin embargo, el cambio más trascendental radica en la elección popular de las personas juzgadoras en todo el país. El 1 de junio de 2025, por primera vez, la ciudadanía tendrá en sus manos la decisión sobre quiénes impartirán justicia, transformando de raíz la estructura del sistema judicial en México", concluyó.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con un código de ética, mismo que da a conocer a través de su sitio web, dividido en cinco capítulos, el primero dedicado a la independencia, que se refiere a la actitud del juzgador frente a influencias extrañas al Derecho, provenientes del sistema social.
Por lo que, subraya que el juzgador debe actuar desde la perspectiva del Derecho y no a partir de presiones o intereses extraños a aquél. En este capítulo rechaza la recomendación y privilegia el recto ejercicio de la función.
En el capítulo dos se refiere a la imparcialidad, que define como la actitud del juzgador frente a influencias extrañas al Derecho, que pueden provenir de las partes en los procesos.
Consiste en juzgar sin conceder ventajas o privilegios ilegales a cualquiera de las partes, rechazar cualquier dádiva, no aceptar invitaciones en las que el propio juzgador considere que se verá comprometida su imparcialidad y abstenerse de emitir cualquier opinión que implique prejuzgar sobre un asunto.
Dedica el capítulo tres a la objetividad, definida como la actitud del juzgador frente a influencias extrañas al Derecho, provenientes de sí mismo.
Explica que el juzgador debe emitir sus fallos por las razones que el Derecho le da, y no por las que se deriven de su modo personal de pensar o de sentir, sin buscar reconocimiento alguno, pues su papel es la realización del derecho frente a cualquier beneficio o ventaja personal, por lo que debe actuar con serenidad y equilibrio, a fin de que sus decisiones estén desprovistas de aprensiones y prejuicios.
También se refiere al profesionalismo, en el capítulo cuatro, como la disposición para ejercer de manera responsable y seria la función jurisdiccional, con capacidad y aplicación.
Aclara que el juzgador debe abstenerse de cualquier acto que pueda mermar la respetabilidad propia de su cargo y está obligado a actualizar permanentemente sus conocimientos jurídicos estudiando los precedentes y jurisprudencia, los textos legales, sus reformas y la doctrina relativa.
Finalmente, en el capítulo cinco se refiere a la excelencia como una de las cualidades que el juzgador debe perfeccionar cada día para desarrollar virtudes judiciales, entre las que destacan: humanismo, justicia, prudencia, responsabilidad, fortaleza, patriotismo, compromiso social, lealtad, respeto y decoro, entre otras más.
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