Según el artículo 78 del reglamento de Tránsito del municipio de Veracruz todo vehículo que transite por las vías públicas municipales, deberá haber aprobado el examen de verificación vehicular el cual corresponde a un diagnóstico para verificar las emisiones contaminantes en términos de la ley de la materia, debiendo portar en el medallón trasero la calcomanía que para este efecto se expida.
Agrega que los vehículos de uso público deberán aprobar la revista realizada por las autoridades correspondientes.
Por lo que si un agente de Tránsito te sorprende sin portar la calcomanía de verificación de emisiones contaminantes o de revisión en vehículos de gas serás acreedor de una multa.
Según el artículo 185 del reglamento de Tránsito del municipio de Veracruz los costos de las multas serán considerados con el valor UMA al momento de cometer la infracción.
En adición, de acuerdo con el artículo 186 el costo UMA de la multa dependerá de su categoría. Las multas de categoría "A" tienen un costo de dos a cuatro UMA, las multas de categoría "B" tienen un costo de cinco a diez UMA.
La multa por transitar sin haber realizado la verificación vehicular o está clasificada en la categoría “B” por lo que la multa te saldría en la cantidad de entre 518.70 a 1,037.40 pesos mexicanos.
Según el gobierno del estado de Veracruz si el último digito de tu placa de circulación es 6 deberás realizarlo durante julio y agosto, si es 7 y 8 te toca en agosto y septiembre, 3 y 4 es septiembre y octubre, si la terminación es 1 y 2 te tocaría en octubre y nombre, mientras que si es 9 y 0 te toca en noviembre y diciembre.
El gobierno del estado de Veracruz agrega que los vehículos que no cuenten aun con las placas metálicas o que únicamente se cuente con el trámite de sustitución, deberán realizar la verificación vehicular de acuerdo al último dígito del número de placa que porten y/o tengan asignada.
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