Autoridades informaron sobre la prórroga emitida para el levantamiento de sanciones a aquellos transportistas que no cuenten con el llenado correcto de la carta porte, compartió Luis Antonio Exsome Zapata, vicepresidente regional sureste de Canacar.
De acuerdo con lo señalado por Exsome Zapata, esta sería la sexta vez que se prorroga la fecha en donde entra en obligatoriedad el correcto llenado de la carta porte.
“Se había dicho que iba a entrar el 1 de julio y salió publicado hace un par de días que se prorrogó al 1 de enero de 2024. La cámara ha estado trabajando junto con el SAT para hacer esta ampliación ya que todos los pequeños transportistas no están listos todavía para el correcto llenado de la carta porte”, comentó.
El vicepresidente sureste de la Canacar dijo que en muchas ocasiones es pesada la carta administrativa, ya que no se cuentan con los recursos o medios para poder tener el recurso administrativo para controlarlo.
“Son muchos requisitos, aproximadamente 34, para no tener una sanción. No nada más depende del transportista, es el cliente el que nos tiene que dar la información y es lo que hace que se complique porque piden peso, embalaje, cajas, presentación y es lo que entiendo se ha complicado”, señaló.
Dio a conocer que hasta el momento la cámara tiene conocimiento de que son los medianos y grandes transportistas quienes tienen más recursos y si han implementado el tema aunque reconoció que hay que hay ciertas deficiencias.
“Para nosotros como transporte creemos que la carta porte y su complemento da una medida de control enfocada principalmente hacia el huachicol, el robo del combustible y los volúmenes de los clientes”.
Finalmente Luis Antonio Exsome Zapata recordó que la carta porte no es algo nuevo pues antes se le conocía como “el talón”, sin embargo el tema radica en que ahora la autoridad lo ha querido controlar más a detalle.
-Consiste en la digitalización de la información relacionada con el traslado de bienes y/o mercancías en todo el territorio nacional, en cualquier medio de transporte.
-Es un Comprobante para amparar el Transporte de Mercancías de manera digital (CFDI) que autoriza el servicio de autotransporte federal de carga en los caminos y puentes de jurisdicción federal.
La emisión de CFDI con complemento Carta Porte, ha permitido:
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