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11 de junio del 2025
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Pensión Bienestar 2025: ¿Cuáles son las razones por las que te pueden retirar el apoyo?

Conoce las razones por las que podrías perder la pensión del bienestar este 2025.
Veracruz | 2025-06-11 | Jesús Valderrábano
Pensión Bienestar 2025: ¿Cuáles son las razones por las que te pueden retirar el apoyo?
Errores en los documentos pueden derivar en suspensión del apoyo
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La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es uno de los programas con más beneficiarios del país. A través de él, miles de personas mayores de 65 años reciben un respaldo económico. Sin embargo, este beneficio no es automático ni vitalicio. Existen condiciones que, de no cumplirse, pueden derivar en la suspensión temporal o incluso en la baja definitiva del programa.

¿La pensión puede dejar de llegar?

Sí, y no es algo excepcional. A veces el depósito simplemente no aparece. Algunos esperan unos días, otros acuden al banco. Pero cuando el dinero no llega ni la siguiente vez, es cuando surge la pregunta: ¿me la quitaron?

La realidad es que, en ciertos casos, el programa suspende temporalmente el pago, y en otros, la persona beneficiaria puede ser dada de baja de manera definitiva.

Pero no es cuestión de suerte. Hay causas específicas, puntuales y documentadas por las que esto puede ocurrir. Entenderlas a tiempo hace la diferencia entre conservar el apoyo o perderlo sin retorno.

Pensión Bienestar 2025: ¿Cuáles son las razones por las que te pueden retirar el apoyo?
Las reglas del programa son claras: aquí te explicamos cómo conservar tu pensión.

¿Por qué me suspenden la pensión bienestar?

La causa más frecuente es tan simple como común: no haber comprobado tu supervivencia. El trámite, que debe realizarse cada seis meses, no es opcional. Es obligatorio.

Si no te presentas en ese periodo a una ventanilla del programa, el sistema bloquea automáticamente tu pensión. No es un castigo, es un protocolo. Afortunadamente, el proceso es reversible. Basta con acudir, explicar y, si corresponde, reactivar.

Ahora bien, ¿qué pasa si no puedes ir personalmente por motivos de salud? En ese caso, tu representante —si lo registraste— puede hacer el trámite por ti. Pero necesita llevar:

  • Su identificación oficial y la tuya (en original y copia).
  • Tu tarjeta del banco donde recibes el apoyo.
  • Una constancia médica, con fecha reciente, emitida por una institución pública y firmada por un médico.

Ese documento será válido por única ocasión, y solo si cumple con todos los requisitos formales.

¿Y la baja definitiva?

Hay circunstancias en las que el programa, por norma, da de baja al beneficiario de forma permanente. Y en esos casos, no hay recurso que proceda. Son los siguientes:

  1. Si entregaste documentos falsos al registrarte, o diste datos que no corresponden a la realidad.
  2. Si estás recibiendo una pensión contributiva mayor a $1,092 pesos mensuales (como las del IMSS o ISSSTE), y entraste al programa después de 2012.
  3. Si decides renunciar al apoyo de manera voluntaria.
  4. En caso de fallecimiento. Aquí aplica el llamado pago de marcha, un monto único que tu representante puede solicitar una sola vez, siempre que presente los documentos correspondientes.

¿Y si tengo dudas?

Puedes acudir a cualquier ventanilla de la Secretaría de Bienestar en tu localidad o contactar a los números de atención oficiales. Si detectas irregularidades, también puedes presentar denuncias. El programa tiene canales formales para ello, y el acceso a la información es un derecho.

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