El Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz negó el amparo promovido por Marlon “N” donde reclamó el cambio de medida cautelar de prisión preventiva oficiosa y su vinculación a proceso por su probable participación en el delito de feminicidio en contra de Monserrat B. R.
Al resolver el juicio de amparo indirecto 588/2022, el Juez Cuarto de Distrito, José Arquímedes Gregorio Loranca Luna determinó que no hubo algún vicio de inconstitucionalidad que deba declararse de oficio, por lo que negó el amparo y protección de la Justicia Federal solicitado.
“Luego, es de concluirse que resulta ajustada a derecho la reclamada imposición de la prisión preventiva por la temporalidad de dos años, como medida cautelar emitida provisionalmente en la audiencia inicial. En consecuencia, al determinarse la legalidad del acto aquí analizado, lo que procede es NEGAR el amparo y protección de la Justicia Federal solicitados con relación al mismo”.
Respecto a la constitucionalidad del auto de vinculación a proceso reclamado. En el caso, se estiman infundados los conceptos de violación vertidos por la parte quejosa en torno al auto de vinculación que combaten.
Marlon “N” fue detenido el pasado 3 de junio por elementos de la Fiscalía General del Estado como parte del proceso penal 387/2021 en su contra, por la comisión del delito de feminicidio en agravio de Monserrat.
El 3 de junio pasado le fue dictada prisión preventiva oficiosa, la cual fue confirmada el 9 de junio y vinculado a proceso esa misma fecha, actos reclamados por los que promovió un juicio de amparo, siendo admitida la demanda el 29 de junio.
Resolviendo el titular del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, el pasado 13 de octubre, que la justicia federal no ampara ni protege a Marlon “N”, contra los actos imposición de la medida cautelar prisión preventiva oficiosa y auto a vinculación a proceso a las autoridades responsables.
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