Para evitar confundir prisión domiciliaria con arraigo domiciliario consultamos al especialista en la materia, el abogado Miguel Salvador Rodríguez Azueta, quien aclaró que se trata de medidas cautelares diferentes que restringen la libertad personal de una persona.
"Mientras que el arraigo es una medida precautoria que se aplica a un probable responsable de un delito y consiste en ordenar a la persona que permanezca en un lugar determinado, ojo, no precisamente en su casa, puede ser un hotel, bajo vigilancia de las autoridades", explicó.
"Y se aplica cuando hay un riesgo de que la persona escape y se puede solicitar a petición del Ministerio Público", agregó.
Distinguió que la prisión domiciliaria, es una medida de apremio que priva de la libertad a una persona por un breve tiempo, bajo vigilancia policial, pero en su casa.
"La prisión domiciliaria es una alternativa a la cárcel que se aplica en casos especiales, aquí el preso puede cumplir la pena en su domicilio, en lugar de una prisión", aclaró.
Añadió que este tipo de prisión domiciliaria también es una alternativa a la prisión preventiva y puede darse cuando la persona investigada o acusada representa un riesgo para la comunidad o para sí misma.
"Hay varias condiciones especiales para la detención domiciliaria, por ejemplo, la edad, cuando el acusado es mayor de 65 años; también cuando padece una enfermedad grave o incurable; otro caso es cuando tiene una grave incapacidad física permanente que afecte sensiblemente su capacidad de desplazamiento; o en el caso de ser una madre gestante", finalizó.
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