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Diputado presenta iniciativa para derogar reforma a artículo del Código Penal

Veracruz | 2021-12-15 |
Diputado presenta iniciativa para derogar reforma a artículo del Código Penal
Ramón Diaz Ávila / IMAGEN DE ARCHIVO
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Luego de la serie de abusos que ha provocado la reforma al artículo 331 del Código Penal del Estado de Veracruz, el diputado local del Partido del Trabajo (PT), Ramón Díaz Ávila, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para derogarlo.

Esto, específicamente el segundo párrafo, en el que se señalan las sanciones por el delito de ultrajes a la autoridad, un delito que no es objetivo ni específico, por lo que la autoridad puede considerar como agresión hasta una mirada.

Esta propuesta de reforma argumenta que con mínimos elementos jurídicos de prueba ponen a disposición de la autoridad respectiva a ciudadanos indefensos que como único medio de prueba al que pueden acceder es su palabra. 

Por otro lado, la parte acusadora, autoridad en este tipo de delitos, así como la parte investigadora y finalmente el juzgador, son instancias que pueden llegar a tener interpretaciones al libre albedrío, lo que pone al acusado prácticamente en indefensión al pasar por tres instancias distintas.

El legislador señaló que las medidas coercitivas aplicadas en este delito, constituyen una medida retrógrada que en el mayor de los casos puede ser evitada a través de mejores canales de comunicación.

“Considerando que este delito puede generarse de manera verbal o física, su comisión también puede encuadrar o derivar en diferentes tipos penales, de manera que el ciudadano desde el momento en que es imputado por este delito, queda sujeto a la discrecionalidad de las autoridades”, alertó.

Con esta propuesta busca que la penalidad quede como estaba antes de ser reformado.

“Que se regrese a la penalidad anterior que era de seis meses a dos años como máximo, que eso se relaciona con un delito menor”, indicó.

Agregó que se debe corregir este artículo que va en contra de la Constitución y afecta la libertad de expresión y la libre manifestación.

“Considerando que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 9 establece y reconoce el derecho a la libertad de asociación, por lo que ninguna protesta pública puede ser considerada ilegal, siempre y cuando no se profieran injurias en contra de la autoridad, lo que consideramos trasgrede el artículo 331 del Código Penal para el Estado de Veracruz; ya que faculta a la autoridad e instituciones a juzgar y por ende a castigar de forma irracional sobre supuestos subjetivos”, detalla en la iniciativa. 

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