En la ciudad de Veracruz es muy común mirar edificios que se encuentran abandonados, los cuales han sido ocupados por animales o personas en situación de calle que no tienen donde vivir y recurren a quedarse en estos lugares, sin embargo, representa un foco de infección e inseguridad.
Las sanciones por ingresar a un edificio abandonado sin autorización pueden variar dependiendo de varios factores, como las circunstancias específicas, el tipo de propiedad y si se causan daños.
Las autoridades en la zona conurbada Veracruz – Boca del Río generalmente, suelen clasificar estos actos en categorías legales, las cuales aplicarán según haya sido el caso.
Aunque la multa o sanción no suele ser económica, este si puede ser administrativa, por lo que aquí te explicamos un poco de los correctivos que hay por cometer estos actos.
El Código Penal del Estado de Veracruz contempla sanciones por allanamiento de morada, aun si el inmueble está deshabitado. Esto podría incluir multas económicas o incluso penas de cárcel dependiendo de la gravedad. Este se encuentra en el Artículo 187 del Código Penal de Veracruz.
Si al ingresar se causan daños materiales, las sanciones podrían incluir reparación de daños, multas adicionales o procesos penales.
Si el edificio pertenece al gobierno o está bajo jurisdicción municipal, podría aplicarse una sanción administrativa. Estas suelen incluir multas económicas o trabajo comunitario.
Si el edificio está en condiciones peligrosas y el ingreso pone en riesgo la seguridad de quienes entren, las autoridades podrían intervenir para imponer sanciones adicionales relacionadas con la protección civil.
Los recomendable sería que si piensas en algún momento de tu vida meterte para indagar en un edificio abandonado conozcas que esto puede traer repercusiones, así como es aconsejable que consultes el reglamento municipal de la ciudad de Veracruz o con un abogado para entender las consecuencias específicas según el caso.
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