Imagen de Veracruz 
FacebookTwitterYoutube
TIEMPO EN LA REGIÓN
16 de octubre del 2024
Diario del Istmo
Suscribete a nuestros boletines
Veracruz

Conoce las deudas por las cuales te pueden embargar si no pagas

Lo peor de no pagar una deuda, son los altos intereses moratorios. Infórmate, evita el embargo
Veracruz | 2023-10-11 | Josefina Lugo
Conoce las deudas por las cuales te pueden embargar si no pagas
Imagen de VeracruzImagen de Veracruz

El sobreendeudamiento es uno de los principales problemas por los que las personas caen en incumplimiento del pago de una deuda, lo que puede ocasionar un embargo, que es la retención, por orden judicial, de un bien perteneciente a una persona, para garantizar el pago de una deuda.

Una deuda siempre va acompañada de un plazo para pagar lo acordado, sin embargo, este supuesto puede no cumplirse por diversos razones o motivos, por lo que el responsable de realizar dicho pago, puede caer en morosidad y en incumplimiento del pago de una deuda que lo puede llevar a ser candidato a un embargo.

Lo peor de no pagar la deuda, son los altos intereses moratorios que ésta puede generar y entonces la deuda puede llegar a ser impagable por el acreedor, lo que constituye un serio problema, pues el pago puede ser exigido y al no cumplir, entonces la figura del embargo entraría en acción para que la institución financiera pueda recuperar su dinero.

¿Cómo evitar un embargo?

La mejor manera de evitar un embargo, es tener un excelente manejo de las finanzas personales y estar consciente de cuáles son los limites económicos de cada uno, pues no debes adquirir una deuda que tu capacidad financiera no te permita pagar, para evitar el endeudamiento y un posible embargo.

¿Casos más comunes de embargo por incumplimiento de pago?

El crédito hipotecario o el automotriz, son los dos casos de embargo más comunes, ya que el banco buscará la manera de recuperar, ya sea la propiedad o el vehículo, y la mejor forma es a través de un embargo, pues de esta manera puede rematar las propiedades y recuperar su capital.

Otro de los créditos que pueden derivar en un embargo, por no pagar son las tarjetas de crédito; sin embargo, para llegar a ello, debe de haber una orden del juez.

Pero hay otra institución que sí puede ejecutar un embargo más fácilmente, se trata del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que realiza embargos a personas físicas o morales que no cumplen con sus obligaciones fiscales.

Sin embargo, antes de llegar a esta acción, el SAT te notifica, y además te brinda un plazo para pagar un crédito fiscal de 45 días después de la notificación.

Aunque el embargo depende de la cantidad de la deuda, el Código Fiscal de la Federación detalla que algunos de los bienes que se pueden embargar, son dinero, metales preciosos, depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados. Así como acciones, bonos, valores mobiliarios y créditos de inmediato y fácil cobro. Además de los bienes muebles e inmuebles.

  • Lo último
  • Lo más leído
Diario del Istmo
Diario del Istmo

SÍGUENOS EN REDES

 

Nosotros | Publicidad | Suscripciones | Contacto | Aviso de Privacidad

 

 

Reservados todos los derechos 2024