La tipificación de ultrajes a la autoridad como delito no podía permanecer en el estado de Veracruz por la debilidad para demostrarlo fehacientemente y porque dejaba indefenso al ciudadano ante eventuales abusos de autoridad, aseveró Vicente Octavio Pozos Marín, presidente del Colegio del Foro de Licenciados, Especialistas, Maestros y Doctores en Derecho de Veracruz.
Ante la discusión a nivel estatal que concluyó con el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, adverso a esa tipificación en Veracruz, el abogado resaltó que no podía prosperar por la falta de solidez y argumentación para sostenerla.
El problema es que se daba por bueno cualquier señalamiento de un uniformado contra la población civil aunque no mostrara evidencia de las supuestas agresiones y ultrajes, por ejemplo fotografías o videos, y eso abría la puerta a los abusos institucionales y la vulnerabilidad ciudadana.
"El hecho de señalar una amenaza verbal no existe, y si una autoridad administrativa, como Policía Municipal, Guardia Nacional o la Armada, hace una detención a una persona, el hecho de que haga pronunciamientos verbales, no están contemplados como delitos (...), y sobre todo, cómo van a comprobar lo que el policía señale en una carpeta de investigación, pues para demostrar un hecho se requieren testimoniales, videos", resaltó Pozos Marín.
Hizo hincapié en que dar toda la razón a priori a un uniformado y toda la culpa también a priori a un ciudadano propicia la transgresión de los derechos humanos y sobre todo, la presunción de inocencia.
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