La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), en relación a las declaraciones realizadas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador durante su conferencia de prensa matutina del pasado 24 de mayo.
Por unanimidad y con los votos de los magistrados Felipe Fuentes Barrera y José Luis Vargas Valdez, se han acreditado las medidas cautelares solicitadas tanto por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) como por el coordinador de los diputados de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez.
El PRD acusó al presidente López Obrador de realizar manifestaciones que violan los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, así como de promoción personalizada y uso indebido de programas sociales, lo que podría tener un impacto en el proceso electoral del Estado de México.
La Comisión del INE ha aprobado las medidas cautelares al considerar que estas declaraciones podrían incidir en el proceso electoral y afectar la equidad en la contienda.
Además, ha ordenado al Presidente abstenerse de realizar manifestaciones similares y ha vinculado a los órganos responsables de la comunicación social del Gobierno Federal para que se abstengan de presentar, difundir o publicar contenido similar al denunciado. Sin embargo, esta determinación ha sido criticada por el titular del Ejecutivo y otras autoridades que se han mostrado en desacuerdo.
En una resolución anterior, el TEPJF también ordenó el retiro de las conferencias matutinas del Presidente López Obrador, del 9 y 11 de mayo, en las que hizo un llamado a votar "por la Transformación" en las elecciones de 2024.
Esta decisión ha sido tomada por unanimidad y ha revocado el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, que había negado las medidas cautelares solicitadas por el PRD, el Partido Acción Nacional (PAN) y Jorge Álvarez Máynez.
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