La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválido un decreto, mediante el cual se declaraba a las corridas de toros y peleas de gallos como patrimonio cultural en Nayarit.
Sin embargo, el máximo tribunal señaló que esto no es una prohibición, pues esto no formaba parte del estudio del amparo interpuesto por la asociación civil Cuenta Conmigo Tepci.
La resolución fue aprobada por mayoría de cuatro votos, argumentando que los animales no son “cosas al servicio indiscriminado de los humanos, sino especies merecedoras de un trato decente”.
Alberto Pérez Dayán, ministro ponente, explicó que la declaratoria que se invalida permitía a los empresarios conseguir diversos apoyos para realizar estas actividades.
“Sería contradictorio estimar, bajo el amparo del ‘patrimonio cultural’, que el Estado adoptara una serie de medidas financieras, administrativas y educativas tendientes a preservar y fomentar ciertas costumbres, usos, expresiones, manifestaciones humanas que, aunado a no ser generalmente aceptadas ni compartidas por la comunidad, tiendan al desconocimiento o violación de los derechos y libertades del ser humano, no solo en su aspecto individual, sino social o colectivo”.
Nosotros | Publicidad | Suscripciones | Contacto | Aviso de Privacidad
Reservados todos los derechos 2024 |