Tal como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el derecho de libre tránsito se refiere a la libertad que tienen todos los mexicanos de salir y entrar al país cada vez que así lo deseen.
Esta libertad de los mexicanos la respalda el Artículo 11 de la Carta Magna, que a la letra dice que toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.
Además establece que el ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
De igual manera, manifiesta que toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo.
De acuerdo a la Constitución Mexicana el reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales.
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