Al ser considerado como un acto que puede molestar sin justificación al consumidor hoy está prohibida la revisión de los tickets al salir de los supermercados y si estos no obedecen puede haber consecuencias legales.
Prueba de lo anterior es que la Procuraduría Federal del Consumidor indicó que esta semana la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la sanción que impuso el año pasado a la sucursal Nueva Walmart de México, porque una tienda Sam´s Club de la Ciudad de México solicitó el ticket de compra a un consumidor a la salida de dicho establecimiento, contrario a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
La resolución se dio una vez que Walmart se desistió del juicio de nulidad que había interpuesto en la Décima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante una resolución administrativa de la Profeco que implicó una multa de 200 mil pesos.
La resolución de la Profeco, que encabeza David Aguilar Romero, fue emitida el 20 de febrero 2023 luego de una revisión derivada de la denuncia de un consumidor, en hechos ocurridos en la tienda Sam´s Club localizada en Patio Santa Fe, al poniente de la Ciudad de México.
El artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que “queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación”.
De 2022 a la fecha, han sido impuestas 28 multas a tiendas departamentales y de autoservicio por solicitar tickets de compra a clientes a la salida de establecimientos una vez pagada la mercancía en caja.
La Procuraduría Federal del Consumidor llamó a la Asociación Nacional de Tiendas Departamentales a detener la revisión de comprobantes de compra en establecimientos comerciales, toda vez que es un acto de molestia injustificado al consumidor.
El llamado es extensivo también para las tiendas que no pertenecen a la ANTAD, pero que incurren en esta práctica.
Dicha medida es contraria al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que prohíbe a los proveedores de bienes o servicios llevar a cabo prácticas que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales, bajo pretexto de registro.
El llamado fue hecho durante una reunión con la ANTAD, en la que participó la subprocuradora de Servicios y encargada de Despacho de la Profeco, Surit Berenice Romero Domínguez.
Diversas tiendas de autoservicio y departamentales llevan a cabo una práctica comercial consistente en la revisión de los comprobantes de compra (“tickets”) antes de salir de los establecimientos, para cotejarlos con los productos adquiridos por los consumidores.
Esta práctica constituye, también, un acto de molestia injustificado, ya que cuando el consumidor paga los productos al proveedor, adquiere la propiedad de los mismos, obteniendo por ello el comprobante de compra respectivo.
La Procuraduría pidió a la ANTAD que, en todo caso, los proveedores fortalezcan sus mecanismos de orientación al consumidor, la capacitación a su personal, así como el control de cobros y productos vendidos, a fin de evitar molestias injustificadas a sus clientes.
Para denunciar esta práctica, los consumidores pueden comunicarse al Teléfono del Consumidor 55 5568 8722 y el número 800 468 8722, en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas; sábados, domingos y días festivos de 10:00 a 18:00 horas, o bien enviar un correo electrónico a: denunciasprofeco@profeco.gob.mx.
Nosotros | Publicidad | Suscripciones | Contacto | Aviso de Privacidad
Reservados todos los derechos 2024 |