A tres meses de promulgada la reforma para regular a los trabajadores de plataformas y aplicaciones digitales, el próximo 23 de junio entrará en vigor la ley que da la pauta para que desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de este año, 658 mil trabajadores que se calcula laboran en estas empresas digitales, obtengan los beneficios de seguridad social, sin afectar su flexibilidad de horarios.
El secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), Marath Bolaños López informó lo anterior y explicó que la propuesta que promovió la presidenta Claudia Sheinbaum como uno de sus compromisos de gobierno, deberá implementar de manera obligatoria un programa piloto, mismo que permitirá determinar si los esquemas propuestos sobre el modelo de negocio y de seguridad social son los adecuados.
En su conferencia matutina, la presidenta Claudia Sheinbaum comentó que esta reforma no cambia la manera en que el trabajador está trabajando; si deciden que van a trabajar cuatro horas a la semana, lo van a poder seguir haciéndolo, se establece una prestación mayor para el que alcance el salario mínimo, pero también el apoyo para cuando hay accidentes.
"Lo que no puede ser, es que no sean considerados trabajadores o trabajadoras. Y que estas empresas que son transnacionales, establezcan una relación de socio, cuando, pues no son socios verdad, porque ni siquiera reparto de utilidades hay. Lo que se busca es que las empresas reconozcan a los trabajadores como trabajadores. Entonces por eso son estos seis meses que permitan ver a través de los esquemas digitales, pues cómo va a operar este proceso. No tienen por qué temer los trabajadores de que van a perder su empleo, no lo van a perder. Al contrario", enfatizó Sheinbaum.
Por su parte, al ser cuestionado por la corresponsal de Imagen de Veracruz sobre el hecho de que hay operadores que trabajan en dos o más plataformas digitales, quien sería el patrón, el secretario del Trabajo destacó que son los trabajadores, los que siguen eligiendo los tiempos de conexión, los días de conexión, incluso las plataformas de conexión y quienes van a en este caso las plataformas que van a cubrir.
"Las cuotas correspondientes para la inscripción del seguro social, es en donde el trabajador logre el salario mínimo, si lo logra en dos de las plataformas, pues tendría que ser de las dos contribuciones, o sea a lo que vamos estamos hablando de que es conforme al ingreso mínimo que se establece, y en ese sentido, por eso decimos que no choca el que exista el esquema de flexibilidad con el que se está generando, o sea de seguridad de protección social", contestó.
Destacó que no hay un cambio en el régimen fiscal, no hay un aumento de impuestos con esta reforma; se mantienen las reglas actuales del ISR y del IVA.
Sobre este tema la corresponsal preguntó que, si bien no aumentará el pago de los impuestos, las empresas de plataformas digitales sí tendrán que pagar el IMSS para quienes alcancen el salario mínimo, y que si esto lo traducirán en un aumento en el costo del servicio para los usuarios.
El secretario Bolaños López respondió que confían en que esto no suceda como ha sido a política laboral de la cuarta transformación, "que los beneficios que han sido amplísimos, incluso retomando un punto que ya se ha tocado aquí en la conferencia, pues 11 millones de personas salieron de condición de pobreza, y cerca también del 80 por ciento de estos ha sido en buena parte de la política laboral, de aumento de ingresos".
Esta "reforma histórica", agregó, que fue publicada el día 24 de diciembre del año 2024, en donde justamente se reconocen los derechos laborales de quienes trabajan de forma presencial a través de las aplicaciones y que en México se habla, según cifras del IMSS que son aproximadamente 658 mil trabajadores, de los cuales 272 mil tienen ingreso equivalente o superior al de un salario mínimo.
Dijo que después de más de 50 reuniones de la STPS de diálogo con las empresas, con organizaciones de las personas trabajadoras, con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con el Infonavit, con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se pudo construir el nuevo marco legal que garantizará la protección para los trabajadores y trabajadoras, manteniendo, además, la viabilidad del innovador negocio.
"La reforma incorpora un nuevo capítulo en la Ley Federal de Trabajo que reconoce la relación laboral subordinada de manera especial —sui generis, por así llamarlo— de quienes alcancen al menos un salario mínimo mensual en esta actividad; y extienda, además, la protección en casos de riesgos de trabajo a quienes no lleguen a este umbral durante el tiempo efectivamente laborado", subrayó Bolaños.
Quienes generen ingresos iguales o mayores al salario mínimo tendrán todos los derechos laborales reconocidos en la ley, incluyendo la afiliación completa al IMSS y al Infonavit, y esto significa que estarán asegurados en 5 áreas fundamentales: Por caso de riesgos de trabajo; enfermedades y maternidad; atención médica gratuita en las clínicas y hospitales del IMSS.
También tendrán acceso a guarderías y prestaciones sociales; a licencias con goce de sueldo; cesantía en caso de edad avanzada y vejez; invalidez y vida, esto en caso de que alguna enfermedad o accidente impida que sigan trabajando; y en caso de fallecimiento, el beneficio que tendrán así los familiares en su caso, y acceso también a la pensión y servicios funerarios.
Podrán cotizar al Infonavit, lo que significa que mes con mes podrán generar un ahorro en la subcuenta de vivienda. Quienes cumplan con los requisitos establecidos en esta materia podrán acceder a un crédito para compra, construcción o mejora de casa. "Esto es un derecho que por primera vez se extiende a miles de personas repartidoras y conductoras que tendrán la posibilidad real de acceder a una vivienda con respaldo institucional", indicó Marath Bolaños.
Agregó que "conservan su autonomía, pero, además, ahora lo van a hacer con reglas claras para evitar, así, abusos a las personas trabajadoras. Por ejemplo: Las personas ya no podrán cobrar por el uso de la aplicación, ni tampoco establecer restricciones arbitrarias para la conexión. Se eliminan, además, los cobros indebidos y se prohíben prácticas como la simulación de contratos civiles, para evadir responsabilidades laborales".
Destacó que también se pone orden en la gestión algorítmica. Las decisiones tomadas por algoritmos deben de ser transparentes, comprensibles y lo más importante: revisables por personas, que puedan justamente atender a las personas trabajadoras también otras personas, en este caso inscritas en la propia plataforma.
"Nadie puede ser desconectado por un robot sin derecho a una audiencia. La desconexión inmediata, además, solo se permite en casos graves, como fraude o riesgos de seguridad. Y siempre deberá notificarse de manera muy clara y con justificación".
La implementación de la reforma está ya en marcha y se apoya en varios instrumentos que, serán publicados en el Diario Oficial de la Federación. "Y dejar, además, muy claro que, es a partir del 1º de julio que justamente empezarán ya propiamente el arranque de este piloto, en donde justamente lo que vamos a hacer es dar el seguimiento de manera puntual de la implementación de la reforma.", puntualizó el titular de la STPS.
Subrayó que esta reforma permitió que, durante la más reciente Conferencia Internacional del Trabajo, de la OIT, de la Organización Internacional de Trabajo, en Ginebra, Suiza, México fue reconocido por presentar un modelo regulatorio innovador, esto en la economía digital; un modelo que garantiza derechos sin imponer rigideces y que, además, respeta la libertad de organización del trabajo y que pone al ser humano en el centro.
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