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Ley de Salud ordena eliminar modelo asilar, no atención psiquiátrica en el país

Ciudad de México | 2022-05-27 |
Ley de Salud ordena eliminar modelo asilar, no atención psiquiátrica en el país
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La reforma a la Ley General de Salud, promulgada el 15 de mayo, ordena que el Gobierno Federal Ofrezca atención psiquiátrica en hospitales generales y convierta los psiquiátricos en centros ambulatorios, con el fin de “eliminar el modelo asilar”.

Las autoridades no tienen la instrucción de desaparecer los hospitales de psiquiatría, como se difundió tras la aprobación de la nueva legislación en el Congreso federal y su entrada en vigor.

El artículo 74 establece que “se deberá de disponer de establecimientos ambulatorios de atención primaria y servicios de psiquiatría en hospitales generales, hospitales regionales de alta especialidad e institutos nacionales de salud”.

Y agrega que “no se deberán construir más hospitales monoespecializados en psiquiatría”, mientras que los existentes tienen que “convertirse progresivamente en centros ambulatorios o en hospitales generales dentro de la red integrada de servicios de salud para eliminar el modelo psiquiátrico asilar”.

Los hospitales psiquiátricos desaparecen en México porque la atención a este tipo de pacientes se debe dar en casa, anunció el secretario federal de Salud, Jorge Alcocer.

“En la práctica lo que ha llamado mucho la atención es que ya no hay hospitales psiquiátricos, voy a tomar esta situación como una decisión”.

Explicó que esta determinación se tomó hace tres años, pero se detuvo por la pandemia, y que es un modelo que ya siguen más países.

El artículo 75 de la Ley General de Salud ahora instruye que el internamiento de personas usuarias de servicios de salud mental y con consumo de drogas “sólo podrá llevarse a cabo de manera voluntaria” y cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las opciones”.

Lo anterior, por el tiempo estrictamente necesario y en el hospital general o de pediatría más cercano al domicilio del usuario.

En el caso de infantes o adolescentes, la ley privilegia las alternativas comunitarias y, en caso de que exista la justificación clínica para el internamiento, este se llevará a cabo en hospitales generales o en hospitales de pediatría.

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