La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, dio a conocer sobre la detención de Ana María “N” y Alberto Alfonso “N”, maestra de natación y guardavida, acusado el caso del menor que murió ahogado en el Colegio Willams, en la Ciudad de México.
El Ministerio Público solicitó y obtuvo dos órdenes de aprehensión en contra de Ana María "N" y Alberto Alfonso "N", maestra de natación y guardavidas de la alberca del referido colegio, mismas que fueron cumplimentadas por detectives de la Policía de Investigación.
Ana María "N" fue trasladada al Centro de Reinserción Social de Santa Martha Acatitla y Alberto Alfonso "N" al Reclusorio Preventivo Varonil Sur, donde quedaron a disposición del juez que los requirió y será quien determine su situación jurídica en audiencia inicial a realizarse este domingo.
La Fiscalía informó que derivado de las indagatorias encabezadas por el Ministerio Público de la Coordinación General de Investigación Territorial.
Puntualizaron que revisaron diversas imágenes de video, analizando minuto a minuto, en las que se aprecia tanto las personas que estaban a cargo de los menores que tomaban las clases de natación, así como la actividad fuera de la alberca.
En dichas imágenes quedaron registradas las actuaciones de instructores de natación y guarda vidas, durante y después de la clase, así como del personal médico que asistió al menor de edad.
De acuerdo con los videos, a las 08:55 con 42 segundos del día 7 de noviembre, se observa al grupo de niños, cuando inician con un precalentamiento.
Segundos después, la víctima ya se encuentra al interior de la alberca y empieza a nadar.
A las 08:56 con 27 segundos, el niño ya se encuentra en el otro extremo de la alberca, y casi tres minutos después, 08:59 con 37 segundos, ya está de regreso nadando al punto inicial.
A las 09:00 con 11 segundos, se observa que la maestra instructora le pide que diera otra vuelta a la alberca, no permitiéndole que salga de la misma.
Cinco minutos después, a las 09:05 con 08 segundos, el menor deja en algún punto el flotador cilíndrico.
A las 09:07 con 50 segundos, se aprecia que el guardavida desciende de la silla elevada para socorrista y camina hacia el área de vestidores, por lo que sale del área de grabación de la cámara de videovigilancia, abandonando su área de trabajo.
A las 09:14 con 33 segundos, se observa que la instructora arroja una tabla amarrilla y le indica al niño, que es el primero en la fila, que vaya nadando.
Instantes después, a las 09:15 con 08 segundos, se observa movimiento no sincronizado, sin una secuencia adecuada del menor y se aprecia que trata de sostenerse en los separadores de división de la alberca.
En ese momento, también se observa que la atención de la maestra de natación estaba puesta en arrojar más tablas al carril para los niños previamente formados que realizaban clavados y no en supervisar al menor que ya se encontraba en el agua.
A las 09:15 con 16 segundos, el niño ya se encontraba aparentemente inconsciente, cerca de los separadores de la alberca y es a las 09:16 con 50 segundos.
Ana María “N” se percata de que el niño estaba inconsciente, se mete al agua, lo carga y lo lleva al extremo de la alberca, donde a las 09:17 con 13 segundos lo recibe el coordinador de natación, quien lo coloca en el piso.
Casi 10 minutos después de que abandonó su posición, a las 09:17 con 45 segundos, aparece nuevamente a cuadro el guardavidas, se aprecia que camina tranquilamente a donde era auxiliado el menor y únicamente observa.
A las 09:18 con 09 segundos, un hombre le da al guardavidas lo que al parecer es un teléfono, por lo que se dirige a la puerta de salida de la alberca.
A las 09:19 con 20 segundos, se aproxima una mujer con un botiqui´n en mano quien hoy sabemos es la doctora del campus y realiza la reanimación del menor.
A las 09:26 con 19 segundos se le coloca al niño oxígeno y a las 09:37 horas recibe el reporte de emergencia la unidad del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas, a efecto de que acuda al lugar del hecho.
A las 10:01 con 51 segundos arriban elementos del ERUM, quienes realizan maniobras de resucitación cardiopulmonar conocidas como RCP.
Cuatro minutos después, a las 10:05 con 25 segundos proceden los elementos del ERUM a trasladarlo al exterior de las instalaciones de la alberca en una camilla, conectado a un tanque de oxígeno.
Saliendo de las instalaciones del colegio a bordo de la ambulancia a las 10:07 con 49 segundos, en compañía de la médico de la escuela
A las 10:12 con 21 segundos arriba la ambulancia al Hospital Materno Infantil Magdalena Contreras, donde a las 10:31 horas se confirma el fallecimiento del niño.
Se le hace del conocimiento a la directora técnica del colegio y posteriormente se realiza la notificación del caso médico legal, a la agencia del Ministerio Público en Magdalena Contreras.
Luego del análisis de dichas imágenes, así como diversas entrevistas, dictámenes periciales, además de trabajos de gabinete y campo, esta Fiscalía pudo obtener datos de prueba sólidos y contundentes contra ambas personas para establecer su posible participación en el delito de homicidio con dolo eventual.
Autoridades indicaron que las investigaciones continúan para determinar la posible participación de más personas en los hechos.
Afirmando que de todas nuestras actuaciones, la familia del pequeño Abner ha sido informada con oportunidad.
Nosotros | Publicidad | Suscripciones | Contacto | Aviso de Privacidad
Reservados todos los derechos 2024 |