En los últimos días, ha circulado en redes sociales una supuesta lista de alimentos permitidos en los cines, generando confusión entre los consumidores. Sin embargo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) desmintió esta información, aclarando que nunca ha publicado ni difundido un listado oficial sobre qué productos pueden ingresar a las salas de cine.
Si bien los consumidores tienen derecho a decidir si compran o no alimentos dentro de un cine, deben respetar las políticas establecidas por cada empresa al momento de adquirir su boleto.
Según la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en su artículo 58, los proveedores de bienes y servicios no pueden condicionar la venta de sus productos en función del género, nacionalidad, preferencias sexuales, religión u otras características.
Esto significa que ningún cine puede obligar a los clientes a comprar exclusivamente en sus dulcerías. Sin embargo, las grandes cadenas como Cinemex y Cinépolis tienen reglas claras que prohíben el ingreso de alimentos y bebidas externas, basándose en que su modelo de negocio depende en gran medida de la venta de comida y snacks.
El titular de Profeco, César Iván Escalante, explicó que al momento de comprar un boleto, los clientes aceptan los términos y condiciones del cine, lo que implica que si el establecimiento prohíbe el ingreso de alimentos, se debe cumplir con esta disposición.
"En el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato. Si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve a algún otro que no tenga esa limitación", declaró Escalante.
No obstante, existen excepciones en ciertos casos, por ejemplo, cuando un cliente tiene necesidades médicas o dietas especiales. En estos casos, es recomendable contactar con la administración del cine antes de la visita para solicitar un permiso especial.
#BoletínDePrensa Derivado de la supuesta "lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines", la cual ha estado circulando en redes sociales y en algunos medios de comunicación, la Profeco informa que en ningún momento ha publicado o difundido dicha información a través de... pic.twitter.com/00mFRii98u
— Profeco (@Profeco) February 16, 2025
Otro punto que ha generado controversia es la revisión de mochilas y pertenencias al ingresar a los cines.
De acuerdo con el artículo 10 de la LFPC, queda prohibido que un proveedor de bienes o servicios realice acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personal del consumidor bajo pretexto de registro o averiguación.
El titular de Profeco aclaró que los cines pueden pedir a los clientes que muestren voluntariamente el contenido de sus mochilas, pero no pueden obligarlos a hacerlo.
Si un cine exige una revisión forzada de pertenencias, el cliente tiene derecho a negarse y reportar la situación a Profeco.
La información errónea que circuló en redes incluía una lista de productos que, supuestamente, los cines permitirían ingresar. Entre los artículos mencionados estaban:
Comida rápida y snacks
Botanas y dulces
Bebidas
Comida casera o más saludable
Sin embargo, la Profeco desmintió la veracidad de esta lista, aclarando que nunca ha publicado un comunicado con dicha información.
La Profeco ha sido clara en su postura: no ha emitido ninguna lista oficial de alimentos permitidos en los cines. Aunque los consumidores tienen derecho a no comprar en la dulcería del cine, también deben respetar las reglas establecidas por cada empresa al momento de adquirir su boleto.
Es importante verificar siempre la autenticidad de la información antes de compartirla en redes sociales y conocer los derechos del consumidor para evitar confusiones o prácticas abusivas por parte de los establecimientos.
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