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Estado

Xalapa, el municipio con más denuncias por ‘pasar el pack’; 39 en dos años

Xalapa | 2021-08-11 |
Xalapa, el municipio con más denuncias por ‘pasar el pack’; 39 en dos años
Ilustrativa.
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En el estado de Veracruz, el municipio de Xalapa concentra el mayor número de denuncias por el delito de violación a la intimidad, acción conocida como “pasar el pack” o “pornovenganza”.

Cabe señalar que comete dicho delito quien difunde, sin permiso, imágenes o videos con contenido sexual de otra persona.

Durante 2020 y lo que va de 2021, la capital veracruzana acumula un total de 39 denuncias por este delito, que fue incluido en el Código Penal a mediados de 2019 a partir de una reforma aprobada por la actual Legislatura.

Durante este 2021, la Fiscalía reporta en total 65 denuncias por el delito de violación a la intimidad sexual en 39 de los 212 municipios del estado, tanto entre menores como mayores de edad.

Este año, únicamente en Xalapa 14 personas procedieron legalmente al acusar que su intimidad fue vulnerada con la difusión de imágenes o videos de tipo sexual sin su consentimiento.

Además, en Veracruz Puerto, Orizaba, Córdoba y Coatepec se han presentado tres denuncias por dicho delito en cada municipio. En San Andrés Tuxtla, Minatitlán, Medellín de Bravo, Las Choapas y Emiliano Zapata se han presentado dos denuncias en cada municipio, de enero a junio de 2021.

En otros 29 municipios de la entidad se ha presentado una denuncia por este delito durante lo que va de 2021.

Por su parte en el año 2020 en total se presentaron 89 denuncias por el delito de violación a la intimidad en 39 de los 212 municipios, afectando tanto a mayores como a menores de edad.

En ese año Xalapa también fue el municipio con mayor incidencia, con 25 denuncias; es decir que en dos años la capital veracruzana acumula 39 denuncias por este delito.

El año pasado en Perote se presentaron seis denuncias por violación a la intimidad; en Orizaba cinco; en Coatzacoalcos y Córdoba cuatro; en Catemaco y Las Choapas tres; en Tantoyuca, Veracruz Puerto, Poza Rica, Ixtaczoquitlán, Cuitláhuac, Coatzintla y Coatepec fueron dos denuncias.

En otros 25 municipios de la entidad se presentó una denuncia por este delito durante 2020, de acuerdo con información del Sistema de Investigaciones Ministeriales de la Fiscalía General.

Menores también denuncian

Cabe señalar que cada vez son más las niñas, niños y adolescentes quienes denuncian a quienes difunden, sin su permiso, imágenes o videos suyos con contenido sexual.

El delito fue tipificado a mediados de 2019 y desde entonces 22 mujeres y cuatro hombres, todos menores de edad, han denunciado la violación de su intimidad bajo estas circunstancias; en un caso se determinó el no ejercicio de la acción penal.

Hay que recordar que, durante la discusión para reformar el Código Penal para incorporar este delito a dicho marco legal, se informó que en 2018 en Veracruz fueron detectados 45 mercados de explotación digital usando redes como Facebook y Twitter.

En estos espacios, se publicaban contenidos íntimos sin el consentimiento de mujeres, hombres y menores de edad, generando diferentes tipos de violencia digital como la llamada ciberpersecución, la sextorción y la trata virtual de personas.

Sólo hay dos casos judicializados

Aunque las estadísticas sobre este delito van en aumento, la Fiscalía General del Estado ha judicializado o solicitado a un juez que le permita formular la imputación ante el indiciado únicamente en dos casos.

Este 2021 la Fiscalía inició un proceso en contra de un presunto responsable por el delito de violación a la intimidad sexual en Xalapa y en 2020 lo hizo en contra de un presunto responsable en el municipio de Minatitlán.

La tipificación de este delito no castiga el intercambio de imágenes con contenido sexual, puesto que es una forma de vivir la sexualidad, pero sí castiga la transgresión de la confianza depositada de una persona a otra, y que una de ellas difunda o haga pública sin consentimiento las imágenes, videos y audios con contenido sexual que le fueron enviados.

La reforma al Código Penal estableció que comete el delito de violación a la intimidad sexual quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo o erótico sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.

Dicha conducta se sancionará de cuatro a ocho años de prisión y multa de mil hasta dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), al momento de que se cometa el delito.

Además, se estableció que este delito se perseguirá por querella, y en caso de que esta conducta se realice contra una persona en situación de discapacidad que no comprenda el significado del hecho, se perseguirá de oficio.

Igualmente se estableció que las penas aumentarán en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina o por persona con la que esté o haya estado unida la víctima en alguna relación de afectividad, aún sin convivencia; se cometa en contra de una persona que por su situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho o que de esa acción se obtenga algún tipo de beneficio no lucrativo.

Finalmente se estableció que la autoridad investigadora ordenará el retiro inmediato de la publicación que se realizó sin consentimiento de la víctima, al administrador o titular de la plataforma digital, medio de comunicación o red social que la contenga.

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