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Sin perspectiva de género, actuar del Gobierno de Veracruz en caso July ‘N’

Xalapa | 2022-02-28 |
Sin perspectiva de género, actuar del Gobierno de Veracruz en caso July ‘N’
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A través de un pronunciamiento, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) criticó la falta de perspectiva de género del gobernador Cuitláhuac García Jiménez, para no atender su recomendación que acreditar tortura y agresiones sexuales de ministeriales en Veracruz, así como omisiones del personal de la Secretaría de Seguridad Pública por el trato que recibió July “N” en su aprehensión en la Ciudad de México y posterior traslado a Veracruz.

De acuerdo con el órgano, presidido por Rosario Piedra Ibarra, los elementos de la SSP tenían la obligación de registrar y denunciar las agresiones que la detenida sufrió por parte de los elementos que la llevaron a los juzgados de Pacho Viejo, en Coatepec.

Cabe recordar que en su recomendación 51VG/2022 la CNDH refiere tortura y agresiones sexuales de ministeriales en contra de July “N”, acusada de participar en el homicidio de la rectora de la Universidad Valladolid, Guadalupe Martínez Aguilar, en 2020.

En su mensaje, el órgano refiere que elementos ministeriales cometieron “actos atroces” en contra de la integridad sexual de la víctima, sustentados en los resultados emitidos tras los exámenes practicados conforme a lo establecido en el Protocolo de Estambul, así como en documentos oficiales de la propia Fiscalía General del Veracruz y de la SSP.

“Con lo que se comprueba la participación de la policía ministerial adscrita a la Fiscalía General del estado de Veracruz en el aseguramiento y traslado de la víctima a esa entidad”.

Además, la CNDH refiere que también dirigió su recomendación al Gobernador Constitucional del estado de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez, por la comprobación del indebido actuar del personal adscrito al CERESO Pacho Viejo, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública de ese estado.

“(…) al constatarse que se acreditaron violaciones a los derechos a la seguridad jurídica y a la legalidad en agravio de la víctima” debido que a su ingreso al penal no se contaba en ese momento con personal médico de guardia para que certificara su integridad física, por lo que solo fue valorada por una enfermera que se encontraba presente, “quien no era la autoridad facultada para certificar su estado”.

Agrega que el ingreso debe ser realizado por personal de salud idóneo y capacitado, con la finalidad de constatar el estado de salud física, sexual o mental de la detenida, asegurar la identificación y tratamiento de cualquier problema significativo que presentara en su estado de salud; así también, es necesario que incluyan no solo las lesiones encontradas sino la información detallada sobre la explicación dada por los pacientes sobre cómo ocurrieron dichas lesiones, así como la opinión del personal médico sobre si las lesiones son consecuentes con dicha explicación, lo que no se realizó, ya que quien la recibió en ese momento, la enfermera dentro de sus formación académica, no tenía la facultad de realizar el diagnóstico de un paciente.

La CNDH señala que los instrumentos recomendatorios emitidos por este Organismo Autónomo buscan contribuir, como en este caso, a que se conozca la verdad de los hechos ocurridos, y no se continúe alimentando la cadena de impunidad obteniendo confesiones a través de actos de tortura.

Además, agregó que se busca que la víctima, además de acceder a una reparación integral del daño por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en su agravio, se le proteja y garantice su derecho de acceso a la justicia en su modalidad de acceso a la procuración de justicia, conforme a las evidencias recabadas en el expediente de queja, a fin de que las investigaciones ministeriales que dieron lugar con motivo de los hechos de los que fue víctima sean analizadas conforme a un enfoque diferencial y con perspectiva de género a fin de que tales conductas no queden impunes.

El órgano añadió que no sigue una agenda política ni busca incidir en la responsabilidad penal o no de la víctima en los hechos que se le imputan, sino solo dar a conocer las graves violaciones a sus derechos humanos que han sido cometidos en su agravio, vulnerando gravemente su dignidad humana y que justamente se profundizan aún más por la violencia sexual perpetrada por ser mujer.

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