Si el próximo 31 de diciembre no se ha declarado la validez de la elección del municipio de Veracruz, a favor de Patricia Lobeira, el Congreso del Estado tendrá la atribución de nombrar un Concejo Municipal, que fungirá durante algunos meses en lo que se convoca a una elección extraordinaria.
De acuerdo con la Fracción X del Artículo 33 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, es una atribución del Congreso “designar, con la aprobación de las dos terceras partes de sus integrantes, de entre los vecinos de un municipio, a los que integrarán un Concejo Municipal. Éste se conformará con un número de concejales idéntico al de ediles que corresponderían al Ayuntamiento de acuerdo a lo dispuesto en la Ley”.
La hipótesis que podría tomarse en cuenta para tal determinación es que no se hubiere hecho la declaración de validez respectiva el día último del mes de diciembre inmediato a la elección de los ayuntamientos.
Debido a que la constancia de mayoría fue entrega por el OPLE a favor de Patricia Lobeira, y ahora le fue revocada, tendrá que ser el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el que declare la validez o no de la elección, para lo cual tendrá como fecha límite el 31 de diciembre.
En caso de ratificar que no es válida y hacerlo antes del 31, entonces el Congreso tendría que integrar un Concejo Municipal.
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