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Proponen reglamento de arrastre, salvamento y depósito de vehículos

Xalapa | 2020-11-26 |
Proponen reglamento de arrastre, salvamento y depósito de vehículos
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La diputada Florencia Martínez Rivera, del Grupo Legislativo de MORENA, planteó ante el pleno de la LXV Legislatura del Estado, la prohibición a oficiales de tránsito, de transporte público y de la policía vial de acompañar en las grúas a los operarios durante los arrastres de vehículos infraccionados.

Ello mediante la reforma y adición de diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, y reforma la fracción V al artículo 11 de la Ley de Caminos y Puentes, ambos ordenamientos de Veracruz, con lo que se ordenaría también a expedirse un Reglamento de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.

De ser aprobada su iniciativa, se estipularía que “los operarios encargados de los vehículos de carga especializada para el arrastre nunca podrán ser acompañados dentro de sus unidades por un oficial de tránsito, de transporte público o policía vial”.

Se apunta que hacerlo, “podría evidenciar una falta a su conducta que se debe basar en los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto, tal y como lo indica la fracción IX del artículo 13 de esta ley, su reglamento y el reglamento de arrastre”.

La legisladora morenista propuso además que se les dé un trato equitativo a los operarios de las grúas que cuenten con la autorización para el traslado de los vehículos, estableciéndose suspensiones o revocaciones de licencia en caso de incumplirse.

“Las persona físicas o morales que sean autorizados para el servicio de arrastre tendrán un llamado de manera equitativa para poder prestar el servicio, el cual debe estar programado y publicado con el consenso de todos los concesionarios; si algún prestador del servicio otorga el servicio sin haber sido programado puede ser castigado con la suspensión de 30 días naturales de la unidad infractora y, en caso de reincidencia, la suspensión de la licencia del operador”, se precisa.

Pero si quien incurre en la falta de equidad es el funcionario público, y se comprueba tal conducta, se propone que éste pueda ser sancionado administrativamente para no desempeñar ese cargo por 30 días y, en caso de reincidencia, removerlo de dicho cargo y no poder ocupar ese cargo en un mínimo de 6 años.

Los cambios presentados por la parlamentaria local plantean además que en caso de que un vehículo, particular o de transporte público, permanezca por más de 6 meses en un corralón, se podrá tramitar, ante las instancias correspondientes, causa de baja administrativa, para no ocasionar un menoscabo en la recaudación de impuestos de derechos vehiculares.

Adicionalmente, se prevé ordenar a los concesionarios respetar las tarifas establecidas para la prestación del servicio, mismas que deberán encontrarse en un cartel de cuando menos un metro cuadrado, visible al público en las oficinas de administración del establecimiento donde se depositen los vehículos.

Se les mandataría a contratar y mantener vigente una póliza de seguro de responsabilidad civil que ampare el salvamento y salvaguarda de los vehículos depositados, la que deberá hacerse en un término no mayor a 20 días hábiles, contados a partir del otorgamiento de la concesión, debiendo acreditarlo ante la autoridad competente.

En uno de los transitorios de su iniciativa, se otorga un plazo no mayor a los 30 días naturales, contado a partir de la entrada en vigor del decreto, para que el titular del Poder Ejecutivo Estatal expedida el Reglamento de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.

En la substanciación de la propuesta, sostiene que actualmente los cobros excesivos y el mal servicio de arrastre, salvamento y depósito de vehículos es uno de los principales problemas que aquejan a los veracruzanos propietarios de vehículos.

Lo que a su decir, se deriva principalmente porque en el Estado no se cuenta con un ordenamiento jurídico especializado en la materia, lo que ocasiona irregularidades en cuanto a su prestación cotidiana, afectando principalmente a la ciudadanía.

“Es muy recurrente que las personas que son afectadas por el mal servicio, manifiesten su inconformidad y acudan a interponer quejas ante la PROFECO, incluso con Regidores, Presidentes Municipales y hasta Diputados Locales o Federales para intervenir ante los concesionarios del servicio, sin éxito alguno, por no existir el reglamento o instrumento jurídico idóneo”, puntualizó.

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