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Estado

Por mal manejo de recursos, exoficial mayor de la SEV pagará 106 mil pesos

Xalapa | 2021-06-14 |
Por mal manejo de recursos, exoficial mayor de la SEV pagará 106 mil pesos
Al exfuncionario se le fincó la responsabilidad resarcitoria por 106 mil 512 pesos con 95 centavos.
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El exoficial mayor de la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV), Edgar Spinoso Carrera, deberá pagar 106 mil 512 pesos por su responsabilidad en el mal manejo del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal 2014.

Como parte del juicio contencioso administrativo 2255/19-13-01-9/419/20-pl-06-04, el exfuncionario demandó al director general de responsabilidades a los recursos federales en estados y municipios, de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la ASF, recurso proveniente de la Sala Regional del Golfo.

El pleno se la Sala Superior revisó este asunto, a cargo de la ponencia del magistrado Juan Manuel Jiménez Illescas y por unanimidad de 10 votos a favor determinó la validez de la resolución impugnada, es decir que se validó la sanción al exfuncionario y del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitoria por 106 mil 512 pesos con 95 centavos.

Jiménez Illescas expuso que la conducta irregular que se le atribuye al exoficial mayor durante el periodo comprendido del 28 de febrero al 18 de marzo de 2014 es procedente, pues omitió administrar adecuadamente los rendimientos financieros de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal 2014 que fueron asignados a la SEV y se generaron en la Cuenta Bancaria en que fueron administrados por dicha dependencia.

“Así como también se le imputa la falta de supervisión en la aplicación de las disposiciones legales que regulan su adecuado ejercicio, ocasionando que de esa manera que durante la auditoría practicada por la ASF la mencionada Secretaría no acredita contar con la documentación justificativa y comprobatoria que permitiera constatar que el destino dado a los rendimientos financieros que se generaron se encontrara dentro de los objetivos permitidos para su ejercicio”.

La ponencia reconoció la validez de la resolución impugnada y en el considerando tercero se estableció que es competencia del director general de responsabilidades a los recursos federales en Estados y municipios adscritos a la Unidad de Asuntos Jurídicos de la ASF para iniciar y emitir la resolución en el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias, determinando que la resolución impugnada fue debidamente fundada y motivada.

“La fiscalización se practicó sobre recursos federales otorgados a una entidad federativa y que con la conducta del hoy actor se originó un daño a la Hacienda Pública Federal”.

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