Ante la imposibilidad jurídica de frenar el proceso de extradición en contra de Karime Macías Tubilla, ahora sus abogados intentaron echar abajo la orden de aprehensión en su contra, sin embargo tampoco tuvieron éxito pues el amparo que promovieron les fue negado.
Y es que este miércoles, en el tablero de avisos del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito publicó el resolutivo mediante el cual dictó no concederle la protección en contra de la orden de aprehensión en su contra.
De esta forma, se mantiene en firme la orden de aprehensión girada en su contra por parte de un Juez de Control con sede en Pacho Viejo, a petición de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, quien la acusa del delito de fraude específico por un monto de 112 millones de pesos en agravio del DIF Estatal.
Con ello, la expresidenta del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Karime Macías Tubilla, no pudo suspender una orden de aprehensión en su contra por el delito de fraude específico contra dicha institución asistencial.
Desde el 22 de noviembre de 2021, Karime Macías, y su defensor Pablo Campuzano de la Mora, solicitaron ante el Juzgado Segundo de Distrito en Xalapa la nulidad de una orden de aprehensión en su contra de fecha 25 de mayo de 2018.
En su defensa, Macías Tubilla alegó que el delito por el que se le requería ya había prescrito, toda vez que el supuesto fraude habría ocurrido el 23 de diciembre de 2011, pero que fue hasta el 30 de octubre de 2019 en que la Fiscalía solicitó la orden de aprehensión con fines de extradición.
Esto es, que a juicio de la defensa se dejaron pasar 6 años con 6 meses. Sin embargo, el juez segundo de Distrito, Alejandro Quijano Álvarez, no compartió dicho punto de vista, dado que la denuncia de la Fiscalía local se había presentado el 29 de marzo de 2017 y no en octubre de 2019.
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