De acuerdo con el Protocolo Adicional de Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes (PABNNA), las autoridades deben tomar como una línea de investigación el feminicidio en toda desaparición de niñas y mujeres.
Asimismo, la búsqueda debe tener en cuenta que dicha desaparición puede tener la posibilidad de estar vinculada con otras formas de violencia de género, como son sexual, familiar, trata de personas, desaparición forzada, secuestro o con cualquier otro delito que pueda tener afectaciones diferenciadas por la condición de género de la víctima.
Además, el protocolo resalta que la búsqueda debe ser inmediata para las y los menores de edad.
El Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes (PABNNA) fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de julio de 2021. Este incorpora necesidades expresadas por autoridades buscadoras y familias, al enfrentarse a la situación de una desaparición, e incluye enfoques de derechos humanos y pedagogía en cuanto a protección de niñas, niños y adolescentes. De tal modo, el protocolo es una herramienta esencial para la garantía de los derechos de esta población en situaciones de violencia.
VIOLENCIA DE GÉNERO y PRESUNCIÓN DE RIESGO DE INTEGRIDAD, EJES RECTORES
Uno de los aspectos relevantes del Protocolo es que aborda la violencia de género, que subraya que las autoridades deben tomar como una línea de investigación el feminicidio en toda desaparición de niñas y mujeres adolescentes; por lo que la búsqueda debe tener en cuenta que dicha desaparición tenga la posibilidad de estar vinculada con otras formas de violencia de género, como violencia sexual, familiar, trata de personas, desaparición forzada, secuestro, o con cualquier otro delito que pueda tener afectaciones diferenciadas por la condición de género de la víctima.
La violencia de género es uno de los Ejes Rectores del Protocolo que además toma en consideración, entre otros de acuerdo con la Ley General sobre los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), igualdad y no discriminación; vida, supervivencia y desarrollo; participación de niñez y adolescencia; preservación de identidad y no estigmatización.
Asimismo, destaca el eje de Presunción de Riesgo a la Integridad Personal que subraya: “niñas, niños y adolescentes desaparecidos o con familiares desaparecidos y las niñas, y adolescentes afectados por razones de violencia de género, se encuentran en situación de riesgo constante a su integridad, por lo que se requiere la intervención oportuna y esmerada de instituciones debidamente dotadas y personal competente para prevenir situaciones que pudieran conducir, por acción u omisión, a la afectación de su integridad personal, resolver estos problemas o mitigar sus consecuencias”.
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