El Instituto Municipal de la Mujer (IMM), alerta a la población en especial a las mujeres y niñas de los 7 tipos de violencia, a través de su personal que acude a escuelas, clubes de servicios, estancias para personas de la tercera edad y en general haciendo talleres y conferencias, dando asesorías Jurídicas y psicológicas dentro del trabajo social, encomendado por la administración municipal a cargo del licenciado Amado Cruz Malpica.
En una plática sobre la prevención de la violencia, a personas mayores, las brigadistas, mencionaron los tipos y se apoyan en trípticos que distribuyen en los lugares donde acuden a alertar a las mujeres, las que en caso de ser victimizadas pueden acudir a las oficinas del IMM, con la licenciada Rocío Espinoza Cheves, quien es la directora.
Violencia Psicológica: que consiste en un acto u omisión que dañe la estabilidad psíquica y o emocional, de la mujer: consistente en amedrentar, negligencia, abandono, celotipia, insultos, humillaciones, denigración, marginación infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo y restricción a la autodeterminación.
A continuación, una breve descripción de los 7 tipos de violencia de género que están plenamente reconocidos:
Consistente en un acto que denigra o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima, que atenta contra la libertad, dignidad e integridad, como una expresión de abuso de poder que implica la supremacía sobre la mujer, al denigrarla o concebir como objeto.
Apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicación y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad.
Acto u omisión que afecta la supervivencia de la victima; se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.
Acto que inflige daño usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas externas o ambas.
En cualquier acto de violencia que se manifieste en acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, violación de datos o información privada, divulgación de contenidos íntimos, textos, fotografías, videos, etcétera, y que se presenta a través de las tecnologías, de la información y la comunicación, plataformas de internet, redes sociales, sistemas de mensajería instantánea o correos electrónicos.
Toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiestas a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo entorno laboral.
Es todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discursos de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daños a las mujeres y niñas de tipo psicológico sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.
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