El Congreso del Estado reformo la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz, para actualizar los montos de distribución de la dotación participable de recursos para el desarrollo municipal.
De esta manera se actualiza nuevamente la base del monto nominal recibido en el ejercicio fiscal 2021, en sustitución del año base de 2019.
De acuerdo con la referida comisión dictaminadora, la iniciativa del Gobernador, Cuitláhuac García Jiménez, observa el cumplimiento de los principios de legalidad, seguridad jurídica y transparencia y tiene como fin último mejorar las condiciones de los montos de distribución a los municipios para el fortalecimiento de su hacienda pública en beneficio de la población veracruzana.
Los diputados aprobaron la propuesta con 47 votos a favor, reformando el artículo 7 cuarto párrafo, fracción I, y quinto párrafo de dicha Ley.
Ahora la distribución conjunta de las participaciones federales correspondientes a todos los municipios, con excepción de las establecidas en el artículo 4o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal, se tendrá como referencia en el orden establecido el monto nominal recibido en el ejercicio fiscal 2021 como año base.
De acuerdo con la iniciativa, la aplicación de la fórmula de distribución se realizará de manera exclusiva, al monto excedente de fondos participables que sea recibido durante el ejercicio fiscal correspondiente. Lo anterior, en el caso de que el excedente referido en el párrafo precedente sea mayor a cero.
En caso contrario, la distribución de los recursos se realizará conforme al coeficiente publicado en el “Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de entrega, porcentaje, formulas y variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada municipio del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por concepto del Fondo General de Participaciones, del Fondo de Fomento Municipal, de los Incentivos por el Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Fondo de Fiscalización y Recaudación, de los ingresos derivados de la aplicación del Artículo 4o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal, del Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y del Fondo de Extracción de Hidrocarburos, para el ejercicio fiscal de 2021”.
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