De manera excepcional, es decir cuando existan contingencias sanitarias, ambientales, riesgos a la seguridad pública, a la protección civil, o cuando se declare estado de emergencia u otros casos de fuerza mayor, las sesiones del Congreso podrán celebrarse a distancia.
El dictamen, que derivó de un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, se aprobó con 42 votos a favor y tres abstenciones, de ahí que será publicado en la Gaceta Oficial del Estado.
Las sesiones podrán realizarse de forma total o parcial, a través de las tecnologías de la información o sistemas electrónicos que se establezcan para ello.
Por ello se proyecta que la sesión para definir temas relevantes durante la pandemia por COVID-19 sean de esta manera, tal es el caso de la aprobación de quien ocupará el cargo de Fiscal General del Estado; así como el fiscal anticorrupción, entre otros.
El Poder Legislativo está obligado a que todas las sesiones realizadas bajo esta modalidad deberán ser transmitidas en vivo.
También deberán garantizar la verificación del quórum, la intervención de viva voz de las y los legisladores partícipes, el registro de las votaciones, y que el acceso a dichas plataformas esté limitado a los diputados y diputadas, así como al personal previamente autorizado.
Para ello se reformó la Ley Orgánica y del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, estableciendo que el Congreso, de manera excepcional, podrá celebrar sesiones a distancia, mismas que deberán ser transmitidas en vivo por los canales oficiales.
También se estableció que el Congreso del Estado se reunirá a partir del 5 de noviembre de cada año para celebrar un Primer Período de Sesiones Ordinarias, el cual concluirá el día último del mes de enero del año siguiente; y a partir del 2 de mayo de cada año para celebrar un Segundo Período de Sesiones Ordinarias que concluirá el día último del mes de julio siguiente.
Las sesiones del Congreso y de sus comisiones serán públicas; pero cuando se trate de asuntos que exijan reserva serán privadas, de conformidad con lo establecido por su normatividad interior.
Únicamente se distingue que en las sesiones a distancia podrán ser de forma total, y aquellas otras que se realicen de manera parcial.
En otro asunto, las diputadas y diputados de la LXV Legislatura aprobaron el dictamen, resultado de la iniciativa presentada el 30 de mayo de 2019 por el diputado de Morena, León David Jiménez Reyes, con lo que se deroga la fracción XLI del Artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Con ello se obliga al Congreso a realizar anualmente una sesión fuera de su sede oficial, siendo en algún municipio del norte, centro o sur de la entidad.
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