La Clínica de Litigio Estratégico Transformaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana, después de 3 años de litigio en contra de diversas autoridades del estado de Veracruz, en el marco del Primer Acompañamiento de Casos #AmparoCarla, logró que la Sala Constitucional del Poder Judicial del Estado vinculara al Congreso del Estado a que en su próxima agenda legislativa se reformen los artículos del Código Civil que involucran el procedimiento de identidad de género autopercibida de conformidad con los estándares internacionales.
El co-coordinador, Irvin López Bonilla, recordó que la Legislatura ha permanecido renuente para adaptar esas disposiciones a las realidades nuevas, contemporáneas y aunque en esta administración estatal se ha emitido un protocolo o lineamientos para que las personas trans puedan obtener sus documentos vía administrativa sin tener que demandar, “lo cierto es que esto tiene serias deficiencias del Registro Civil y no es vinculante, si llega otra administración y no está de acuerdo con esto, se puede quitar y se vuelve a tener que demandar”.
Lo anterior toma relevancia porque ahora se tendrá que reformar el Código Civil, no obstante que este data de 1932.
Esto, explicó, producto de dos resoluciones de amparo directo emitidas por el Segundo Tribunal Colegiado en materia Civil del Séptimo Circuito, en la que obligó a la Sala Constitucional a realizar control concentrado de constitucionalidad de las normas que involucraron discriminación de contra de las mujeres trans inmiscuidas en los juicios de protección de derechos humanos 8JP/2021 y 15JP/2021.
De esta forma, la Sala Constitucional dictó como garantía de no repetición de la discriminación indirecta y estructural que sufrieron las víctimas, que el Poder Legislativo, debe adecuar en la próxima agenda legislativa las normas del proceso de identidad autopercibida en el Código Civil de la entidad.
“Con ello, la Clínica de litigio estratégico transformaciones jurídicas repite la hazaña en el mismo año, al instar un precedente en la justicia constitucional local y en las medidas de no repetición en casos que involucran violación de derechos humanos por discriminación normativa, institucional, indirecta y estructural en contra de grupos históricamente vulnerados”.
Explicó que se denominó Amparo Carla al primer acompañamiento de casos que hace la clínica de litigio que incorpora a 27 mujeres y hombres trans del estado de distintos municipios de la entidad que perseguían adecuar sus documentos de identidad.
“Se denominó Amparo Carla en razón de Carla Regina que fue un asunto que llevamos a la suprema corte de justicia y que dio origen a la resolución de amparo en revisión 1317/2017 que se resolvió en 2018 y que constituye uno de los antecedentes de la clínica de litigio en aquella ocasión la Suprema Corte decretó de inconstitucionales varios artículos del Código Civil del estado de Veracruz; sin embargo, la legislatura ha permanecido renuente para adaptar esas disposiciones a las realidades nuevas, contemporáneas”.
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