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03 de abril del 2025
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Estado

Congreso de Veracruz debe generar una ley reglamentaria para revocación de mandato

TEV señala que el congreso de Veracruz cometió una omisión al no expedirla desde el principio
| 2025-04-03 | Abraham Nassar
Congreso de Veracruz debe generar una ley reglamentaria para revocación de mandato
Este plazo se agotó el 17 de mayo de 2022 sin que se cumpliera con lo estipulado, lo que ha generado una afectación a los derechos políticos de la ciudadanía en Veracruz.
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El Tribunal Electoral de Veracruz resolvió que el Congreso del Estado incurrió en una comisión legislativa al no promulgar una Ley reglamentaria que garantice el derecho ciudadano a participar en procesos de revocación de mandato.

Esta determinación surgió a raíz del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEV-JDC-18/2025, promovido por Eduardo de la Torre Jaramillo, quien denunció la falta de adecuación normativa en la Constitución Local para este mecanismo de participación.

Aunque los magistrados reconocieron que el Congreso estatal llevó cabo la armonización con la Constitución Política de Veracruz, subrayaron que la legislación reglamentaria sigue sin ser emitida.

Al analizar el recurso de impugnación, precisaron que la reforma constitucional entró en vigor el 18 de noviembre de 2021 y que en ella se estableció el derecho de la ciudadanía a intervenir en el procedimiento de revocación de mandato.

El promovente argumentó que la 65 Legislatura de Veracruz no acató lo dispuesto en el artículo sexto transitorio del decreto que modificó la Constitución Federal en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato.

Congreso de Veracruz debe generar una ley reglamentaria para revocación de mandato
El promovente argumentó que la 65 Legislatura de Veracruz no acató lo dispuesto en el artículo sexto

Dicho decreto, publicado el 20 de diciembre de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, otorgaba al Congreso local un plazo de 180 días para adecuar su legislación, término que no fue respetado.

En su fallo, el TEV concluyó que el Congreso veracruzano tenía la obligación de expedir la legislación correspondiente dentro del periodo de 180 días posteriores a la entrada en vigor de la reforma.

Este plazo se agotó el 17 de mayo de 2022 sin que se cumpliera con lo estipulado, lo que ha generado una afectación a los derechos políticos de la ciudadanía en Veracruz.

Pese a que el Tribunal reconoció que el Congreso de Veracruz cumplió con su deber de armonizar la reforma constitucional, señaló que la falta de una Ley reglamentaria impide que el derecho a la revocación de mandato pueda ejercerse de manera efectiva.

"El Congreso estatal sí ejerció su competencia legislativa obligatoria, por lo que no se configura una omisión en este sentido, ni una vulneración directa a los derechos político-electorales de la ciudadanía para participar en este procedimiento", menciona la sentencia.

No obstante, el TEV determinó que la omisión legislativa sí está justificada y exigió al Congreso del Estado emitir la normativa necesaria para garantizar el derecho ciudadano al voto en los procesos de revocación de mandato. En el documento se destaca que este incumplimiento ha sobrepasado el plazo establecido y representa un obstáculo para la participación política de la población veracruzana.

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