Como ha sucedido en otras ocasiones, ahora también surgen candidatos que exhiben presuntas encuestas que los pone “en los cuernos de la luna”, aparentando estar posicionados en primeros lugares de intención de voto del electorado en el momento actual.
Tal es el caso del candidato del partido político Redes Sociales Progresistas, Daniel Oziel Blanco Domínguez, para la presidencia municipal, quien con escasa campaña preelectoral, pretende estar situado arriba de una encuesta con 37.5 por ciento, seguido por la alianza PAN-PRI-PRD con 26.5 y de la alianza PT-PVEM-Morena con 18.5.
En ese mismo tenor se proyecta el candidato a la presidencia municipal del partido Unidad Ciudadana, Víckthor Sansores Martínez, situándose en un segundo lugar con 20 por ciento.
El artículo 213 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, indica que las encuestas deben adoptar las reglas, los lineamientos y criterios emitidos por el INE, y que quienes difundan encuestas o sondeos de opinión deberán presentar al INE o al Organismo Público Local, un informe sobre los recursos aplicados en su realización, en los términos que disponga la autoridad electoral correspondiente.
Así también la legislación electoral señala que la metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos serán difundidas en su página de Internet, por los Organismos Públicos Locales en el ámbito de su competencia.
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