El Ayuntamiento de Xalapa emitió la Gaceta Municipal Extraordinaria 054, en la que se establecen diversas medidas sanitarias necesarias ante el semáforo de riesgo epidemiológico por COVID-19, que coloca a Xalapa en color rojo, de riesgo máximo, entre los días 5 y 18 de julio de 2021.
ACTIVIDADES ESENCIALES, AL 100 POR CIENTO:
El documento publicado explica que las actividades esenciales continuarán desarrollándose al cien por ciento, mientras que las consideradas estratégicas, como las relacionadas con la industria metalmecánica, agencias automotrices, talleres, bibliotecas y la industria de producción de cervezas y su cadena logística permanecerán con restricción de 50 por ciento.
ACTIVIDADES DE SERVICIOS, CON RESTRICCIONES DE AFORO:
En cuanto a las actividades de Servicios, se mantendrán con un aforo de hasta 25 por ciento, siendo consideradas dentro de esta categoría los zoológicos, acuarios y unidades de manejo ambiental con acceso al público; el comercio al por menor, las actividades y servicios turísticos, museos, centros culturales, academias de arte, pinacotecas y galerías.
Asimismo, peluquerías, estéticas, barberías, salones, clínicas de belleza y similares; centros comerciales y tiendas departamentales; iglesias, templos y agrupaciones religiosas; gimnasios, albercas deportivas, canchas, spa y otros centros de acondicionamiento físico, así como centros y clubes deportivos, hoteles, restaurantes y cafeterías, cines, teatros y centros de meditación, pueden funcionar con un aforo del 25 por ciento, como parte de actividades de servicios.
SE SUSPENDEN ESTAS ACTIVIDADES:
Sin embargo, por el semáforo rojo, serán suspendidas temporalmente las actividades de entretenimiento y eventos masivos como centros de entretenimiento y esparcimiento; ferias y conciertos, salones de eventos, congresos y foros, balnearios, albercas públicas y recreativas; centros nocturnos, bares y cervecerías; casinos, antros, discotecas, botaneros y pulquerías; billares, juegos electrónicos, videojuegos y de realidad virtual; o juegos mecánicos.
De acuerdo con la Gaceta Municipal, las dependencias y unidades administrativas municipales encargadas de garantizar el cumplimiento de las disposiciones deberán considerar la actividad comercial establecida en la cédula de empadronamiento o licencia de funcionamiento de los negocios.
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