Ante la presencia de un caso confirmado de COVID-19 en Orizaba y dos sospechosos en Nogales, ambas autoridades municipales reforzaron las medidas preventivas en sus municipios.
A través de un comunicado en sus redes sociales, el ayuntamiento de Orizaba reiteró que en Orizaba es obligatorio el uso de cubrebocas, además de que llamó a la población a quedarse en sus casas y salir solo si es estrictamente necesario y únicamente una persona.
Recordó que las autoridades sanitarias estatales confirmaron el sábado el primer caso de coronavirus en la ciudad, por lo que ante ese escenario y la inminente aplicación de la fase 3 de la contingencia, se debe seguir las medidas preventivas que han remarcado los tres niveles de gobierno.
Asimismo, llamó a que en caso de que alguien presente síntomas sospechosos de la enfermedad, se avise a las personas con las que se ha estado en contacto en los últimos 15 días.
Remarcó que las medidas aplican también para la población de otros municipios que vienen a vender o comprar a la ciudad.
Por su parte, el alcalde de Nogales, Guillermo Mejía Peralta, informó que en sesión de Cabildo se aprobaron diversas acciones que entrarán en vigor a partir de las cero horas del martes 14 del presente.
Las medidas incluyen la recomendación a la población para usar cubrebocas siempre que salgan de sus hogares, de preferencia que sean de tela de algodón para que los puedan lavar y volver a usar y así no pongan en riesgo a más gente.
Indicó que a partir de la fecha señalada, quedan suspendidas las actividades en gimnasios, academias de baile, artes marciales y gimnasia, lo mismo que los tianguis, aunque los comerciantes podrán realizar sus ventas en la puerta de su hogar sin ningún pago al municipio, siempre y cuando no excedan de tres metros ni causen molestias a vecinos, o bien podrán hacer sus ventas en vehículo.
Quien incumpla lo anterior, dijo, se hará acreedor a una multa que irá de 100 a 5 mil unidades de medida, lo que representa de 8 mil 688 pesos a 434 mil 400 pesos.
Sobre los comerciantes establecidos, semifijos y ambulantes, agregó, tendrán que cumplir con las siguientes medidas de higiene: usar cubrebocas de tela; red o gorra para el cabello, uñas cortas y lavado constante de manos, con una persona dedicada exclusivamente a cobrar, recomendar a los clientes mantener sana distancia, tener alcohol o gel antibacterial en su negocio y mantener un correcto lavado con jabón y cloro de todos los utensilios de cocina, así como jergas, toallas y paños.
De incumplir las normas, detalló, se harán acreedores a la sanción económica que marque la Cofepris.
Asimismo, las asociaciones religiosas, grupos de apoyo y asociaciones civiles deberán suspender sus actividades hasta nuevo aviso o de lo contrario se harán acreedores a multas de 100 a 5,000 Unidades de Medida.
A los concesionarios y/o conductores del transporte público, añadió, deben mantener sanitizadas sus unidades, usar cubrebocas y proporcionar a pasajeros gel o alcohol para manos y no llevar más de dos pasajeros en el asiento trasero.
En el caso de los propietarios y encargados de bares y cantinas, tiendas de conveniencia y establecimientos con venta de bebidas alcohólicas, la indicación es que a partir de esa hora y fecha sólo podrán vender bebidas alcohólicas en envase cerrado y para llevar.
“De igual forma se prohíbe el uso de aparatos de audio dentro y fuera del establecimiento, como rocolas, bocinas, grabadoras, estéreos y otros.
El horario de venta al público, es de 10:00 a 23.00 horas y se les advierte que no cumplir con estas indicaciones, se procederá a la clausura inmediata”, puntualizó.
Asimismo, añadió, a los presidentes de colonia y jefes de manzana, se les informa que toda reunión social, como fiestas, velorios, demostraciones de venta por catálogo y otras, no deben rebasar la cantidad de 10 personas y deben cumplir con las indicaciones emitidas por el Sector Salud ante la emergencia sanitaria del COVID-19, donde se destaca que el uso moderado del sonido sólo está autorizado de lunes a domingo de 10:00 a 23.00 horas y se les advierte que de no acatar esta disposición, serán acreedores a una multa económica de 25 unidades de medida actualizada (UMAs), que corresponde a 2 mil 172 pesos.
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