En México, cuando una persona fallece, sus recursos en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) pueden ser reclamados por sus beneficiarios.
Estos fondos son vitales para garantizar un respaldo financiero a la familia del difunto, especialmente si este era el sustento principal del hogar.
Los beneficiarios que pueden reclamar los recursos del Afore incluyen:
Según el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, los beneficiarios tienen un año a partir de la fecha de fallecimiento del titular para reclamar los recursos de la Afore.
Dependiendo de la legislación bajo la cual el trabajador estaba inscrito, los recursos a reclamar varían:
Pensión por la Ley del Seguro Social de 1973:
Pensión por la Ley del Seguro Social de 1997:
Si el fallecido no califica para una pensión, la totalidad de los recursos se entregará en una sola exhibición.
Para reclamar estos fondos, los beneficiarios deben acudir a la Afore correspondiente con la documentación necesaria, que típicamente incluye certificados de defunción, identificaciones oficiales, y documentos que acrediten la relación con el difunto.
Es crucial actuar dentro del plazo establecido para evitar complicaciones y asegurar que los recursos puedan ser utilizados para apoyar al bienestar de la familia del trabajador fallecido.
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