En estos tiempos, en imposible no hablar de la importancia que reviste el Derecho Internacional en la defensa de los derechos humanos; hay que recordar que, la reforma constitucional del 11 de junio de 2011 reconoció la importancia de los derechos humanos y además de la incorporación y fortalezas ahí asentadas, otorgó el rango constitucional al derecho internacional de los derechos humanos y fortaleció los mecanismos para su protección.
Así al dotar a los derechos humanos de rango internacional, reconociendo los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, se lograron avances extraordinarios. Esto trajo consigo, la obligatoriedad -a las autoridades encargadas de impartir, procurar y administrar- de respetar los derechos humanos contenidos no solo en la constitución, sino en los tratados internacionales.
Todo ello, se trasladó a la impartición de justicia, a la formulación de políticas públicas y al estudio y la práctica del Derecho en el país y es que, la reforma estableció en el artículo 1º constitucional las obligaciones de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Tras aquella reforma constitucional, al día de hoy vigente, una de las primeras tareas de la Suprema Corte fue definir los alcances de los derechos humanos previstos en tratados internacionales. Así, a través de la Contradicción de Tesis 293/2011, la Suprema Corte estableció la vinculatoriedad de la doctrina contenida en todas las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la conformación de un bloque de constitucionalidad integrado por los derechos constitucionales y los derechos establecidos en los tratados internacionales ratificados por México, como parámetro bajo el cual se debe analizar la constitucionalidad/convencionalidad de todos los actos jurídicos y las normas generales, favoreciendo en su aplicación e interpretación, la protección más amplia.
La reforma en materia de derechos humanos constituyó una nueva etapa para la impartición de justicia; podría decirse que estableció un nuevo paradigma centrado en los derechos humanos. Así atendiendo a la relevancia que tienen las normas de derechos humanos de fuente internacional, la Suprema Corte ha privilegiado en resoluciones, los tratados internacionales en los que se reconocen derechos humanos y de los que México es parte.
De ahí la importancia de las recientes sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a la prisión preventiva y el arraigo, donde se reconoce que estas figuras son contrarias y vulneran de manera sistemática y reiterada los derechos humanos, de personas que son privadas de su libertad sin sentencia. Un tema que desde 2022 ha sido polémico, pero que desde 2011 cuenta con reconocimiento y donde el estado mexicano tiene un compromiso legal de ajustarse a la máxima protección de estos derechos.
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