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Columna:

Justicia restaurativa en México, un pendiente urgente

2023-02-09 | 07:03 a.m.
Justicia restaurativa en México, un pendiente urgente
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A propósito del retiro sobre Mediación del Foro Oslo, que por primera vez se centra en América Latina y el Caribe y que tiene su sede este año en nuestro país, en la ciudad de Cuernavaca, Morelos y que reúne a más de 50 especialistas de alrededor de 17 países donde se abordan temas como mediación, prevención de conflictos y construcción de la paz, surge el llamado a replantear y reiterar la importancia de la Justicia Restaurativa en el sistema penal mexicano.

Y es que, si bien es cierto este acontecimiento celebrado este miércoles y jueves en nuestro país parte de lo general, abordando temas como la paz, el diálogo, la seguridad y estabilidad, así como las protestas sociales y la movilización política entre países de América Latina y el Caribe, el Foro Oslo es constituido por activistas en derechos humanos, abogados, autoridades y sociedad activa, que busca impulsar acciones que favorezcan las condiciones de vida de personas en el mundo a través de la paz y la eliminación del conflicto.

Es así, la importancia de abordar a nivel internacional el rubro de la justicia alternativa en el sistema penal, como un mecanismo que además de la paz, busque la disminución de delitos, contribuyendo así, con acciones, mejorar las condiciones de vida en todo el mundo. En México el tema aún pareciera novedoso y lamentablemente más allá de la mención de procesos restaurativos en algunas leyes secundarias. El Código Nacional de Procedimientos Penales en nuestro país es omiso en cuanto al reconocimiento de la Justicia Restaurativa.

De ahí la importancia de hablar de ello; pero ¿qué es la Justicia Restaurativa?, ¿Por qué impulsarla y hablar de ello en México? La denominada Justicia Restaurativa es considerada una tercera vía, entre la justicia Retributiva y la justicia Rehabilitadora dirigida a la readaptación de quienes cometen el delito. Es aquí oportuno referirles que la primera se concentra únicamente en los hechos que se consideran delictivos y su sanción, mientras que la segunda se concentra sobre la recuperación, la reintegración y la reinserción social; una tercera vía de la Justicia Restaurativa es la que estudia el delito, entendido exclusivamente como un problema de orden social.

La justicia restaurativa parte de la importancia y necesidad de llevar al infractor de la ley a un estado, que le permita visualizar y reconocer su responsabilidad con motivo del hecho cometido, así como las consecuencias negativas de su conducta no solo para la víctima, sino para la sociedad civil en su conjunto. Bajo éste mismo esquema, la víctima puede sanar diversos aspectos, tras conocer los motivos que orillaron al infractor de la ley a cometer el hecho, al mismo tiempo que el delincuente conoce las consecuencias de sus actos y el perjuicio que ha causado.

Esa participación en la comunicación relativa a la reparación y a la restitución propicia también garantías de certeza, certidumbre y sanación a la víctima, mientras que quien ha delinquido o infringido la ley, al reconocer y asumir su responsabilidad, le posibilita además de reconocer el daño causado, reflexionar respecto de sus acciones, participar en la posibilidad de encontrar soluciones y en el caso de delitos no graves, firmar y respetar los acuerdos que permitan solucionar, resarcir, restablecer la paz social que ha quebrantado mediante la mediación y la justicia restitutiva.

Es así, como se puede observar que, al buscar una justicia menos enfocada en el castigo y más encaminada en el resarcimiento, la solución de problemas, la mediación y la sanación procurando la protección y reparación efectiva a las víctimas del delito. El enfoque del nuevo derecho penal se acerca a la víctima, y a la pacificación social, desterrando esa idea meramente punitiva sin resultado alguno en favor de las víctimas del delito y la sociedad en su conjunto.

Es así como la Justicia Restaurativa concibe el delito como la fragmentación de la sociedad, buscando más allá o además del castigo en los casos de delitos graves, en la no repetición, a través de acciones que permitan restablecer esa paz social, mediante el reconocimiento del del daño causado y sus consecuencias de quien comete el delito.

Se trata de humanizar la justicia penal. La Justicia Restaurativa surgió en el mundo, en la década de los años 70 como una forma de mediación entre víctimas y delincuentes, y con posterioridad en la década de los años 90 amplió su alcance para incluir también a las comunidades de apoyo, con la participación de familiares y amigos de las víctimas y los delincuentes en procedimientos de colaboración denominados reuniones de restauración, pero en México se ha retrocedido en la materia, de ahí la urgencia de atender este pendiente no solo con el reconocimiento legal -que también es apremiante- sino con acciones que conlleven a una necesaria aplicación.

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