Veracruz | 2025-03-15
El empresario Arturo Castagné Couturier fue sentenciado a pagar una indemnización por daño moral en contra de la gobernadora Rocío Nahle García lo equivalente a 50 mil veces el salario mínimo, es decir más de 14 millones de pesos, según lo resolvió la jueza del juzgado sexto en el Séptimo distrito judicial de Veracruz, Yuriria Zoraya López Gaspar.
En lo que podría ser un hecho sin precedente la sentencia castiga además del daño moral, la violencia en política de género, difamación y calumnias, de acuerdo al Código penal del estado de Veracruz.
El resolutivo fue emitido bajo el número 69 que fue publicado este viernes 14 de marzo, de donde se establece que además del pago en efectivo, Castagné fue condenado a la publicación de un extracto del mismo en los medios donde difundió la información contra Nahle García que fueron admitidas por las autoridades judiciales como calumnias y difamaciones.
En la resolución, en su segundo párrafo, la juez emitió: "Se declara que el demandado Arturo Castgané Couturier incurrió en conductas ilícitas que produjeron un daño moral a la ciudadana Norma Rocío Nahle García, por los motivos expuestos en el considerando IV de esta sentencia".
Cabe señalar que el juez declaró en rebeldía al empresario debido a que no respondió a la notificación y denuncia en su contra presentada el 14 de septiembre del 2024 bajo el número 1365/2024, a pesar de las notificaciones que se le hicieron hasta el 18 del mismo mes cuando se hizo la declaratoria.
En la resolución se establece que fueron advertidas y validadas las pruebas por parte de la demandante en contra de Arturo Castagné, y de acuerdo al Protocolo juzgado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se identificaron actos que buscaron intimidar, insultar, humillar y menospreciar a Rocío Nahle.
Se determinó también que se "incumplen los Tratados Internacionales en la materia, diversos apartados de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia".
En las pruebas presentadas para su análisis, donde contempla la difamación y calumnias contra Nahle García, fueron presentados los dichos por el empresario Castagné, que van desde los llamados con fines discriminatorios de "zacatecana", sobre conflictos de interés al asegurar que cuando se desempeñó como titular de SENER, Nahle favoreció empresas a cambio de propiedades y otras afirmaciones, todas catalogadas como falsedades.
El empresario ventiló entonces sus declaraciones en medios como Infobae, El Financiero Bloomberg y Grupo Fórmula, específicamente con Joaquín López Dóriga. Además de redes sociales y en particularmente las que corresponden al denunciado Castagné, por lo que se determinó que "el demandado ha incurrido en conductas ilícitas que produjeron a la actora un daño moral".
Por lo anterior, de acuerdo a la sentencia en su párrafo tercero la Jueza Yuriria Zoraya López otorgó un plazo no mayor a cinco días para que el sentenciado haga la reparación del daño respectiva, y evite la aplicación de nuevas y mayores medidas en el caso de incumplimiento.
Una vez conocida la sentencia, la gobernadora Rocío Nahle afirmó que sin duda el precedente se basa en la justicia y queda sentado como un referente para las veracruzanas.
Recordó que como mujer "no se quedaría en una postura sumisa ante el acoso y hostigamiento" del que fue objeto por parte de Castagné, principalmente durante el ejercicio de su derecho como candidata en campaña política y desde tiempo antes por lo que acudió a la protección de la Ley.
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