Realizan foro 'Reformas fiscales 2020' encabezado por Mauro Villalobos

Boca del Río | 2020-02-07 | Olivia Hernández

El Corporativo Villalobos realizó un foro informativo sobre las nuevas disposiciones fiscales para 2020 dirigido a empresarios veracruzanos.

Mauro Villalobos Villegas, socio director del Corporativo Villalobos, destacó que la finalidad es que los empresarios tengan conocimiento sobre las implicaciones de los movimientos fiscales y disminuya la especulación.

También, dijo, prevén que el sector se mantenga informado sobre las implicaciones físicas y legales que existen en el nuevo método fiscal.

El también vicepresidente del sector Empresas del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz destacó que las medidas parten de una mayor necesidad de recaudación.

“La primera gran reforma que se dio fue considerada como sujeto a una pena corporal, y ya dentro del ámbito penal, no dentro del ámbito fiscal, a aquellas empresas fantasmas, que son empresas que facturan operaciones inexistentes entonces…

“La idea que tenemos nosotros con este tipo de eventos es buscar que se le dé al empresario la mayor cantidad de información, que provenga de expertos, para que pueda tomar mejores decisiones porque la realidad es que los empresarios ese tipo de situaciones le genera una incertidumbre muy fuerte: qué hago, invierto, no invierto, se van a quedar con mi patrimonio, me van a quitar mi dinero, me van a quitar mis bienes.

“En fin todo eso que hace que el empresario dude y, al momento de dudar, detiene la inversión. Entonces es darle a conocer toda la información posible y en función de esto que ellos puedan tomar mejores decisiones”, explicó el contador.

Mauro Villalobos Villegas  indicó que posterior a la reforma que incluye pena de cárcel a las personas que se vean involucradas en empresas que facturan operaciones inexistentes se presentó la Ley de Extinción de Dominio.

“Donde hubo una fuerte cantidad de cambios, aunque creo que el más representativo es el hecho de que no se necesita una sentencia -como se necesitaba antes una sentencia de un delito penal- para poder iniciar el proceso de extinción de dominio, que no es otra cosa más qué que la autoridad incauta bienes de los particulares porque están vinculados a un delito”, especificó.

Recordó que hasta antes de agosto de 2019 se necesitaba que la persona estuviera sentenciada por un proceso penal para que se pudiera iniciar el proceso de extinción de dominio. Ahora ya no se requiere esa sentencia y se pueden llevar los procesos en paralelo.

Abundó sobre otro tema relacionado con la Reforma Fiscal, a la que se agregaron esquemas reportables, en donde los contribuyentes tienen que informar a la autoridad de ciertas situaciones que se presentan y que, a través de una declaración, le deben informar todos los esquemas de planeación fiscal.